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  • PACTO CUOTA LITIS IMPAGO

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #1081317  por tatoshka
 
Estimado colegas.

Acudo a uds. para ver si me pueden dar una mano. Un cliente cobró una indemnización y no me pagó el porcentaje correspondiente al pacto de cuota litis que tenemos firmado. Hice varias gestiones, pero siempre alguna excusa obsta el pago. Nunca tuve que ejecutar a un cliente por no pagar los honorarios convenidos. Mi intención es enviar una CD a efectos de intimar el pago. Alguien tendría algún modelo para compartir? O me podría explicar si tiene algunos requisitos especiales que no puede faltar -como la cita de algún art. de la ley arancelaria o plazos, etc.-? Estoy en Provincia de Buenos Aires.

GRACIAS!
 #1081584  por slipping
 
Hola: Tal vez sea la menos indicada para dar un consejo... ya que he posteado en este mismo sitio lo que me está ocurriendo por un cliente que contrató a otro abogado para que me apriete, para ver si puede zafar de pagarme.. pero en cuanto a tu pregunta, intimás por vencimiento del plazo como en cualquier otro caso, el art. 54 de la ley 8904 dice que los honorarios profesionales deben pagarse a los 10 días -corridos- de quedar firme la regulación (o ocurrido la condición para que se efectúe el pago, es decir, que haya cobrado, según el PCL que firmaste), ponele algo de intereses (q ya están corriendo) y que ejecutarás el pacto. Mucha suerte!
 #1084554  por tatoshka
 
Gracias Slipping!! Tardé en ver tu respuesta por razones obvias, pero agradezco tu respuesta.
Saludos.
 #1084564  por drtorrillaz
 
Concuerdo con slipping. L.la próxima, adjunta el pacto en la documental con la demanda, asi se lo retienen apenas cobra.