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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1084445  por BRUNOCE
 
Hola Gente,
quiero hacer una consulta, estoy empezando en la profesion y tengo un amigo que hizo esta consulto pero tengo mis dudas para contestarle, le pido a alguien del foro si me puede dar una manito,
la consulta fue asi, mi amigo inicio hace poco un juicio laboral por trabajo en negro, todavia le esta faltando notificar a uno de los codemandados para poder trabar litis, esto recien empieza. Si bien el es el que reclama una deuda, en este caso laboral, y tiene bastantes pruebas documentales y testigos, tiene la inquietud de que se pueda llegar a dar la posibilidad de perder el juicio por alguna razon, y en ese caso tal vez tenga que pagar costas. Razon por la cual me consulta que ante esa posibilidad remota pero posibilidad al fin, el quiere ahora, ya, pasar a nombre de la hermana o de la madre una parte que tiene en un inmueble familiar, o bien ponerlo como bien de familia para que no se lo puedan embargar si pierde, la consulta concreta es si se llega a dar esa posibilidad de perder, para lo cual estamos hablando de un juicio que puede llevar 3/4 años y en el cual reitero el es el que demanda, es decir el acreedor. EL puede llegar a tener algun problema por haber hecho esta donacion o transferencia del bien a nombre de otro, es decir que lo puedan culpar por defraudacion o ejecutarle igual esta propiedad?? SIENDO QUE FUE EL QUIEN RECLAMO UNA DEUDA?
 #1084447  por drtorrillaz
 
Si ya empieza así, lamentablemente se va a tener que dedicar a otra cosa. Es cierto que la posibilidad de perder siempre esta, por eso es que tiene que trabajar con dedicación. Si pierde no está obligado a pagar costas, salvo que sea por su negligencia.
 #1084450  por Martincho7
 
Entiendo que tu amigo no es el abogado sino el trabajador, no? No creo que lo condenen en costas a menos que no se pruebe nada de la relación de trabajo y termine siendo todo un chasco. Aun si no logra probar parte de sus dichos no lo van a condenar en costas habiendo trabajo en negro. Espero que las pruebas sean solidas y le recomiendo que el se mantenga en contacto mensualmente con el abogado y se ocupe de que sus testigos concurran a las audiencias.
Es demasiado caro insolventarse, ademas es fraudulento (yo no asesoro truchadas) y no creo que una eventual condena en costas sea para tanto a no ser que tu amigo haya demandado por una fortuna y ademas sin fundamentos (o sin estar convencido de la demanda de su abogado).

Ademas, (como podes corroborar en CSJN.gov.ar) en la causa “Velardez, Julio César c/ Jasnis y Basano S.A”, resuelta el 15 de mayo de 2014, la Corte dejó sin efecto por arbitraria la sentencia que confirmó el embargo decretado sobre un inmueble de propiedad del actor, en el marco de la ejecución de honorarios regulados a favor del letrado de uno de los codemandados a cuyo respecto la demanda de verificación de créditos laborales fue rechazada.
El Tribunal sostuvo que la decisión de excluir al bien en cuestión de la tutela legal en razón de que la condena en costas al actor se
basó en la falta de prueba sobre la invocada relación laboral con uno de los codemandados (socio de la empresa fallida para la que aquél trabajó), aparecía desprovista de fundamento legal ya que introducía una hipótesis de inaplicabilidad de la norma que ésta no prevé, violentando la pauta
interpretativa que desaconseja distinguir donde la ley no distingue.
Agregó que con solo atenerse a la literalidad del art. 20 de la ley de contrato de trabajo- cuando determina que la vivienda del trabajador no podrá ser afectada al pago de costas en caso alguno-, atendiendo al primer criterio de interpretación de la ley y sin necesidad de hacer un mayor esfuerzo intelectivo, es posible concluir que la intención del legislador plasmada en la norma ha sido resguardar la vivienda de aquél de cualquier intento de ejecución de honorarios o gastos causídicos que aquél deba soportar como consecuencia del rechazo total o parcial de las pretensiones reclamadas con base en el derecho laboral, siendo la expresión "en caso alguno" terminante y no deja resquicios por los que puedan introducirse excepciones al régimen protector.

Saludos, Martin
 #1084451  por Martincho7
 
Si por el contrario es abogado como interpreto mi colega, el DrTorrillaz, coincido con sus apreciaciones totalmente.
 #1084461  por BRUNOCE
 
No, tal vez yo me explique mal, mi amigo es el trabajador y el abogado que le lleva el juicio no soy yo es otro colega, el simplemente me pregunto si podia hacer este tema con los bienes ahora para evitar eventuales problemas en un futuro si es que le va mal en el juicio, y respecto al monto que el reclama me habia dicho que era bastante, dada la cantidad de años que habia trabajado y ademas en la misma demanda reclamaba una suma por moobing, eran alrededor de $ 900.000.- con lo cual si tuviere costas serian elevadas, pero segun me dijo tambien, elementos documentales y testigos tiene sino no lo hubiera hecho: me comento que a lo largo de esos años de trabajo fue recolectando pruebas por si tenia que hacer esto dado que el pedía el blanqueo y no le daban bolilla. Bueno mi pregunta apuntaba a esto en realidad, si el, que es el que reclama pierde el juicio, que seria lo que marca si la deuda es anterior o posterior para poder desapoderarse el inicio del juicio en si, o la sentencia condenatoria, porque vuelvo a repetir no es un juicio en su contra, sino que el inicia el reclamo, es decir cuando lo inicia la espectativa de cobro es de el, con lo cual entiendo que la gestion con sus bienes no se podria tomar como algo fraudulento porque el no tenia deudas sino que le debian. pero ahi esta el punto de mi consulta, espero haberme explicado bien. Si alguien puede dar alguna precision mas se lo agradezco.
 #1084462  por Martincho7
 
Si, te explicaste bien. Creo que podes llevarle algo de tranquilidad aunque no certeza.
Podes revisar jurisprudencia de CNAT: te vas a dar cuenta que aun cuando el trabajador no pruebe la totalidad de lo reclamado (por ejemplo supongamos que no le terminan concediendo mobbing), igualmente hay injurias suficientes para Art 245 y todas las multas de la LNE (Art 8 y 15 Ley 24013). Habiendo una condena de tal tipo, siempre las costas son a cargo del demandado.
Solamente si no puede probar nada (ni siquiera que trabajo alli) es que pueden llegar a condenarlo el costas. Recuerdo algunos casos que tuve hace mucho por la demandada de Gtes. que pedian cifras exhorbitantes (estando perfectamente registrados) inventando despido indirecto por "uso abusivo del ius variandi" (un cambio en la estructura necesario): ahi si perdieron y los condenaron en costas (les dolió pero tampoco perdieron sus casas).
Si hay trabajo en negro, y logra probarlo aunque no en toda su extensión, no va a sufrir condena en costas (las costas van a ser 100% a cargo de la demandada). Revisa la demanda y las pruebas y vos mismo podes hacer una evaluación de las posibilidades.
Ademas te pase un fallo de Corte que protege su casa en el escenario mas extremo.
Saludos, Martin
 #1084467  por agentil
 
Mirá, para asegurarte que no pague costas podes hacer el BLSG y te quedas tranquilo. Igualmente, la mayoria de los juicios se concilia. En provincia el trabajador no paga costas, salvo que sea trabajo en negro y no pruebe que es trabajador...ahí sí paga.

saludos!!
 #1084510  por BRUNOCE
 
Martincho7 te agradezco muchismo la info y la respuestas a mi consulta y tambien a los demas que intervinieron, espero darle tranquilidad, el tema es que mi amigo demando a 4 personas que son consideradas por el sus empleadores, y su duda es si no logra enganchar a alguno/s de los 4 y tenga que pagar costas en ese caso.
 #1084519  por DRA. MACA
 
No entiendo que haces metiendote en asuntos que lleva otros colegas,a vos te gustaria que te hagan lo mismo? Seguramente no.

Si tu amigo no confia que cambie de letrado pero que no ande consultando a 20 abogados mas. Y vos no faltes a la ética.
 #1084550  por BRUNOCE
 
Dra. Maca, primero que no me estoy metiendo en ningun asunto porque que yo sepa en el expediente de mi amigo no estoy presentado, ademas en ningun momento critique o dije algo en contra del colega que le lleva la causa a mi amigo. Segundo es un amigo el que me consulta no un desconocido, y yo como amigo tengo la obligacion de darle mi opinion, que en este caso como no estaba seguro lo consulte en el foro, con lo cual no se a que etica estoy faltando. Ademas la consulta que hago aqui, no es solo por mi amigo sino que tambien me es util para enriquecerme como profesional. Si tiene algo constructivo para opinar barbaro y sino Ud no se meta.
 #1084578  por DRA. MACA
 
BRUNOCE escribió:Dra. Maca, primero que no me estoy metiendo en ningun asunto porque que yo sepa en el expediente de mi amigo no estoy presentado, ademas en ningun momento critique o dije algo en contra del colega que le lleva la causa a mi amigo. Segundo es un amigo el que me consulta no un desconocido, y yo como amigo tengo la obligacion de darle mi opinion, que en este caso como no estaba seguro lo consulte en el foro, con lo cual no se a que etica estoy faltando. Ademas la consulta que hago aqui, no es solo por mi amigo sino que tambien me es util para enriquecerme como profesional. Si tiene algo constructivo para opinar barbaro y sino Ud no se meta.

Por eso, si no estás presentado, no te podés meter ni opinar de nada, el abogado que le lleva la causa a tu amigo sabe que vos estás asesorando paralelamente encima de un tema que no sabes porque pedía ayuda en un portal?

Si tanto te interesa tu amigo, que le revoque el patrocinio a su actual letrado y llevale vos la causa, porque encima lo asesorás con la intervención de otro colega en la causa y a ciegas según lo que te dicen en un portal.

La ética a la que faltás ya te dije, pero va de nuevo, no se puede asesorar en causas que interviene otro colega, a vos te va a gustar seguramente que uno de tus clientes vaya a asesorarse por otro lado, y encima despues por supuesto te va a discutir "ah porque un abogado amigo mio me dijo que usted deberia haber hecho esto".

Por ultimo, como siempre digo, vos no sos nadie para decirme si debo opinar o no, yo lo hago donde y cuando se me antoje por lo tanto, si a vos no te gusta que te digan las cosas como sos, ese pasa a serr un problema tuyo, Y se enriquece como profesional leyendo y leyendo y capacitándose en cursos, por lo que ahi tambien estás equivocado.
 #1084694  por BRUNOCE
 
Dra Maca mira me parece que estas trasnochada, si vos podes opinar lo que queres entonces que me decis a mi, te das cta que sos incoherente. Ademas no sabes leer, porque si ves la consulta que realice no tiene nada que ver con lo que esta haciendo el colega en la causa de mi amigo, nunca dije si esta actuando bien o mal. Mi amigo me pregunto simplemente que pasa si pierde el juicio, y yo le dije lo que podria pasar nada mas, porque la posibilidad de perder siempre esta y no porque el abogado le lleve mal su causa, se puede deber a muchos factores que no tienen porque tener que ver con su abogado. LA PROXIMA VEZ LEE BIEN, SI ASI MIRAS LOS EXPEDIENTES POBRE TUS CLIENTES.
 #1084712  por DRA. MACA
 
BRUNOCE escribió:Dra Maca mira me parece que estas trasnochada, si vos podes opinar lo que queres entonces que me decis a mi, te das cta que sos incoherente. Ademas no sabes leer, porque si ves la consulta que realice no tiene nada que ver con lo que esta haciendo el colega en la causa de mi amigo, nunca dije si esta actuando bien o mal. Mi amigo me pregunto simplemente que pasa si pierde el juicio, y yo le dije lo que podria pasar nada mas, porque la posibilidad de perder siempre esta y no porque el abogado le lleve mal su causa, se puede deber a muchos factores que no tienen porque tener que ver con su abogado. LA PROXIMA VEZ LEE BIEN, SI ASI MIRAS LOS EXPEDIENTES POBRE TUS CLIENTES.

De laboral no sabrás nada, pero en hacerte el boludo tenés un posgrado, jajajaj, no entendés nada flaco, si, opino lo que quiero en el portal, no con los clientes!!!!!!!!!!! :shock: :shock: :shock:

No importa que el colega actue bien o mal, quien está cuestionando su labor es el cliente PORQUE TE PREGUNTA A VOS, si confiara en su abogado no saldría a preguntarle nada a nadie ni siquiera vengas con el verso "soy su amigo, no puedo no aconsejarlo", y tonterías de ese estilo, justamente, opinas, pero decis que no te queres meter entonces?

Ah y no, los expedientes no los miro yo, para eso están mis empleados, el trabajo sucio yo no lo hago. Asi que eso también te equivocás.
 #1084718  por BRUNOCE
 
dra maca, sos impresentable, la verdad sin palabras... no te atiendo mas, toma algo y descansa, no estas bien.