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  • ayuda elevación a juicio

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 #1084613  por drpatin
 
Buenas tardes colegas, necesito su ayuda ya que me notificaron de la elevación a juicio de una causa por abuso gravemente ultrajante reiterado, corrupción de menores, ( en San Martín), cuento en contra con la Gesell y el informe psicológico de la menor dice, indicadores de perturbación emocionales asociados con problemas interpersonales. Indicador de perturbaciones emocionales relacionados con la sexualidad.- Los indicadores mencionados, si bien no son específicos, serían compatibles con una situación traumática como es el abuso sexual.- Su maduración y tipo de pensamiento, corresponden con su edad cronológica-
El informe del colegio de la menor, menciona desarrollo normal sin mostrar signos de abuso.-
La pregunta es la siguiente, pienso intentar pelear la calificación, es decir, el 125, intentar sacarlo, ahora, como Garantías tiene ya una opinión formada, es quien bajo la preventiva, mi idea es, hacerlo en la audiencia del 338, pero viene la duda, puedo hacerlo ahí?
Ello, porque también pienso, intentar hablar por un abreviado, aún cuando el Código lo deniega por la pena, es su primer antecedente, tiene vivienda propia, tenia trabajo en las fuerzas.-
Podrían por favor, decirme, si puede pedir ello en el 338, o pasada la oportunidad del 336, fenece?
Desde ya muchísimas gracias.-
 #1084624  por slipping
 
Hola: La audiencia del 338 es "saneadora" para llevar a juicio un producto elaborado y controlado, por eso es viable que solicites el cambio de calificación, porque además allí hacés la reserva para el recurso de Casación y sería incongruente que no pudieras hacer allí algo que podrás hacer después siempre que hagas la reserva.
El tema del cambio de calificación es importante incluso mucho antes, antes que le bajen la PP.
 #1084627  por drpatin
 
Primero muchas gracias por tu aporte, entiendo entonces, que el cambio de calificación lo plantee en el 338, Inc. 1; o penúltimo párrafo y deje expirar el plazo de 15 días del 336, sin presentar ningún escrito? Perdón la ignorancia en el tema, entiendo que es una cuestión practica, ya que el Código no lo menciona y no quiero hacer macana.-
 #1084836  por slipping
 
Hola: No vas a hacer macana, con el tema del cambio de calificación el "no" siempre lo tenés, cada vez que creas tener la oportunidad de plantearlo, hacelo, porque es un tópico que podrás reeditar después, aún en otras instancias... Si no lo hiciste al pedir la excarcelación, lo podés hacer en la oportunidad del 336, sino, te queda antes de cerrar la instrucción, la audiencia del 338. Todo tiene que ver con la coherencia. Si aún tenés plazo por el 336, plantealo antes y reeditalo en la audiencia del 338. Y si ocurriera alguno de los motivos previstos en el 341, tendrás otra oportunidad más, al pedir sobreseimiento. Esto sin mencionar que en el juicio oral volverás sobre el cambio de calificación. Suerte!
 #1085004  por drpatin
 
Muchísimas gracias por tu ayuda, te cuento que hablé con las fiscales de juicio, por las dudas con ambas, consultándoles la posibilidad del abreviado, y me respondieron, que existe la posibilidad de realizarlo, en la mayoría de los casos vas por esa vía, siempre que la denunciante acepte. Respecto la calificación penal, - art. 119 en concurso ideal con art 125-, no es óbice para ello, que en algunos casos es preferible que suba así la causa, de modo que con expte en mano, se puede “optar” por Alguno de los TP. y en caso que vaya al oral a las resultas del debate, se condenara por lo que resulte de él. Nuevamente muchas gracias.-