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  • Dudas para pactar honorarios de alimentos y visitas.

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #1084699  por doctorasol
 
Colegas:
En familia, voy por la madre que reclama alimentos (CABA). En mediación seguramente el padre del menor intruduzca el tema de un régimen de visitas y acordemos por ambas cosas y también por tenencia. ¿A mi clienta le paso honorarios SOLO por los alimentos o también por régimen de visitas y tenencia? ¿En el convenio a firmar antes, pongo ambos montos por separado detallando que los correspondientes al régimen corresponden si se acuerda sobre dicho tema en mediación?
No sé cómo manejarlo porque recién me estoy largando sola.
Gracias por la ayuda!!!
 #1084750  por edupal1964
 
Los honorarios del alimentos deberías cobrárselos al alimentante, que en un eventual juicio sería el condenado en costas. Con respecto al régimen de visitas y tenencia podrías estimarle un honorario a tu cliente (en Pcia. de Bs. As. el honorario mínimo por tenencia y régimen de visitas sería 10 ius= $ 2900) Suerte.