Hola Colegas!
Tengo un tema que me trae dudas, es con respecto a la espera o no! de los 30 días de la ley 24013.
Porque se me generó dudas!!!????... porque es una relación laboral con vaivenes, estuvo registrado un tiempo, luego lo hacían mandar TLC de renuncia, luego lo volvían a tomar en negro, luego lo registraban... en fin... hasta lo úlitimo estuvo registrado deficientemente, pues solo le pagaban por la mitad de la jornada.... obvio que nada de hs extras... unos meses después lo "hacen renunciar"... y luego, como siempre, siguió trabajando.... en negro!
Mandé TLC indicando lo de la irrenunciabilidad de sus derechos ante todo! y acto seguido emplacé para que en término de 30 días proceda a ADECUAR CORRECTAMENTE la relación laboral,indicando lo real de su fecha, etc.
El plazo de las 48 hs para que abone SAC, vacaciones, etc, terminó hoy.... mi duda es, la registración fue deficiente... no del todo en negro, AH!!! y notifiqué a la AFIP... Entonces, que opinan? espero los 30 días para q se considere despedido???
También expresé lo de la retención de tareas... para que no haya abandono de trabajo.
Bueno, un paneo gral de lo que mandé... pero la duda, esperar o no esperar?????
Tengo un tema que me trae dudas, es con respecto a la espera o no! de los 30 días de la ley 24013.
Porque se me generó dudas!!!????... porque es una relación laboral con vaivenes, estuvo registrado un tiempo, luego lo hacían mandar TLC de renuncia, luego lo volvían a tomar en negro, luego lo registraban... en fin... hasta lo úlitimo estuvo registrado deficientemente, pues solo le pagaban por la mitad de la jornada.... obvio que nada de hs extras... unos meses después lo "hacen renunciar"... y luego, como siempre, siguió trabajando.... en negro!
Mandé TLC indicando lo de la irrenunciabilidad de sus derechos ante todo! y acto seguido emplacé para que en término de 30 días proceda a ADECUAR CORRECTAMENTE la relación laboral,indicando lo real de su fecha, etc.
El plazo de las 48 hs para que abone SAC, vacaciones, etc, terminó hoy.... mi duda es, la registración fue deficiente... no del todo en negro, AH!!! y notifiqué a la AFIP... Entonces, que opinan? espero los 30 días para q se considere despedido???
También expresé lo de la retención de tareas... para que no haya abandono de trabajo.
Bueno, un paneo gral de lo que mandé... pero la duda, esperar o no esperar?????
- ex aequo et bono -