Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • esperar 30 días o no?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1084987  por Galin
 
Hola Colegas!
Tengo un tema que me trae dudas, es con respecto a la espera o no! de los 30 días de la ley 24013.

Porque se me generó dudas!!!????... porque es una relación laboral con vaivenes, estuvo registrado un tiempo, luego lo hacían mandar TLC de renuncia, luego lo volvían a tomar en negro, luego lo registraban... en fin... hasta lo úlitimo estuvo registrado deficientemente, pues solo le pagaban por la mitad de la jornada.... obvio que nada de hs extras... unos meses después lo "hacen renunciar"... y luego, como siempre, siguió trabajando.... en negro!
Mandé TLC indicando lo de la irrenunciabilidad de sus derechos ante todo! y acto seguido emplacé para que en término de 30 días proceda a ADECUAR CORRECTAMENTE la relación laboral,indicando lo real de su fecha, etc.
El plazo de las 48 hs para que abone SAC, vacaciones, etc, terminó hoy.... mi duda es, la registración fue deficiente... no del todo en negro, AH!!! y notifiqué a la AFIP... Entonces, que opinan? espero los 30 días para q se considere despedido???
También expresé lo de la retención de tareas... para que no haya abandono de trabajo.
Bueno, un paneo gral de lo que mandé... pero la duda, esperar o no esperar?????
 #1085005  por veritom
 
Sí.
Porque tiene 30 días para registrar correctamente.
Y ahí le mandás "ante su silencio me considero injuriado y despedido".

Saaaalvo que conteste antes, diciendo que no lo conoce u otra cosa similar y ahí rompés el vinculo, con despido indirecto.
 #1085043  por Galin
 
Les cuento que mi cliente me acaba de traer la respuesta.... obviamente negando todo.... improcedente, falaz, blabla... y también, era obvio, expresando que hubo una renuncia intempestiva por TLC N° tal .... lo que ellos mismos le hicieron renunciar pero que de todos modos el chico siguió trabajando... entonces dicen que niegan que tenga el derecho de considerarse depedido....
Tengo entendido que por el principio de continuidad se encuentra amparado, así que mi próximo paso será NO esperar los 30 días y ya darlo x despedido para luego solicitar audiencia en la etapa administrativa,,,
Si tienen alguna recomendación acerca de como expresar el hecho de que de todos modos se considerará despedido indirectamente les estaré agradecida y serán muy bienvenidas sus sabias palabras.
Saludos mas que cordiales a todos.
 #1085047  por Martincho7
 
Te recomendaría algo, pero mejor copia completo el TCL de ellos. Asi, no se puede opinar.
Saludos, Martin
 #1085087  por Galin
 
dale Martín... Ya lo copio!
"Rechazo por improcedente, falaz y malicioso sus telegramas de fechs 05/02/2015 N°..... (CD....) y N° .....(CD...) (mande a persona fisica y juridica).
Niego que haya tenido un incorrecta registración. Niego adeudar suma alguna por conceptos de SAC, vacaciones, diferencias salariales. Niego adeudarle suma alguna de dinero por cualquier concepto. Niego le asista el derecho invocado por el art 1201 debido a que Ud. a dejado de concurrir a prestar labores desde el día 13.01.2015, por la renuncia intempestiva y de mala fe que realizara en dicha fecha mediante TCL N°..... Niego que tenga derecho a considerarse despedido debido a que Ud. a renunciado con fecha 13.01.15. le intimo que en el futuro se abstenga a realizar emplazamientos y/o intimaciones con difusa orientación jurídica y carente de todo sustento legal y fáctico, bajo apercibimiento de iniciar las acciones civiles y/o penales (intento de estafa) correspondientes. queda debidamente notificado, intimado y apercibido."

Ese es el texto, espero sus rtas. gracias!
 #1085091  por Martincho7
 
Tenes que responder a mi entender, injuriandote granvemente y rechazando los puntos vertidos por el empleador.
Podes insitir que la supuesta renuncia que invoca fue fozada y es insanablemante nula. Que ademas a posteriori (luego del TCL) continuaste prestando servicios para ellos varias semanas, por ende la relacion de trabajo se encuentra vigente.
La actitud del empleador (negar la relacion laboral vigente, forzar mendaz envio de TCL, negarse a regularizar la relacion) te injuria gravemente, colocandote en una situacion de despido indirecto,sin embargo como no es tu intencion que se rompa el vinculo laboral, lo intimas nuevamente y por ultima vez, plazo improrrogable 2 dias habiles, se retracte de su CD, se comprometa a que en el plazo de ley a regularizar y a abonar créditos adeudados, todo bajo apecibimiento en caso de negativa, reticencia o silencio considerarte gravemente injuriado y despedido por culpa de ellos.
Saludos, Martin
 #1085096  por Galin
 
me parece muy correcta tu apreciación Martín, voy a ir por ese lado y luego bueno, optaré x despido indirecto. Cualquier cosa que surja y que vea sirva para el foro lo voy a ir comentando.
Miles de gracias sos muy amable y muy generoso con tus colegas!
 #1085098  por Galin
 
Perdon x lo que pregunte ahora, tal vez sea algo burdo... pero tengo la duda con respecto a si los próximos telegramas que mande también los tengo que enviar a la AFIP, ya mendé el primero, pero los siguientes también??? Ya leí sobre este tema y no lo encontré... estoy aprendiendo laboral sobre la marcha, estudiando, leyendo... Gracias
 #1085135  por Martincho7
 
Solamente tu intimacion a regularizar necesita ser con copia a AFIP (para cumplir con la ley) el resto del intercambio no.
 #1086960  por Galin
 
Hola colegas. Les cuento que me han respondido el segundo telegrama... la vedad esta muy descordinado, y realmente incoherente!! imaginense...en una parte ponen: "El ánimo de lucro quedo demostrado en sus misivas las QUE NOOOO SON INCOHERENTES ENTRE SI!!!!!!.....(Guauuu dije yooo!!!).. En fin, me dicen que ponen a disposicion liquidacion final y certificados de servicios y remuneraciones cerrando circuito telegráfico...

Yo lo que voy a hacer es llamarlos a ver cuanto le piensan dar! , pienso que la cifra debe ser muy desproporcional a mi liquidacion... En fin, voy a llamarlos y luego con respecto a lo que me contesten, pensaba cerrar el intercambio con una ultima misiva considerando al trabajador despedido indirectamente. Que opinan???
 #1087001  por Martincho7
 
Galin, no los llames todavia.
Primero rechaza el TCL y todas sus mentiras, sostene que son prueba de evidente de la determinacion por parte de ellos de romper el vinculo (lo que en realidad hay es un despido arbitrario dispuesto por tu empleador). Injuriate ademas por no retractarse en su CD, por negarse a regularizar y negarse a abonar créditos adeudados. Intimalos plazo de 4 dias a abonar indemnizaciones, creditos salariales adeudados y multas 24013, bajo apercibimiento de accionar.
En unos dias ves si los llamas.
Saludos, Martin
 #1087048  por Galin
 
Porque razón decís que le debería dar cuatro días mas??? y te pregunto, en que momento consideras adecuado romper el vinculo considerandose despedido indirectamente?? Grcias Martin
 #1087061  por Martincho7
 
Galin, te estoy contestando sin haber visto el texto exacto del empleador. Pero por lo que decis ellos han insistido en que hay renuncia de tu parte.
Con el intercambio, vos ya dejaste claro que no querías romper el vinculo sino que son ellos los que lo quieren romper.
Bueno ahora la discusión va a ser que vos lo consideras un despido arbitrario y ellos una renuncia, pero en base a las posiciones de las partes vos quedaste con todas las de ganar.
Ahora tenes que injuriarte con un TCL por el despido indirecto y exigir tu indemnización y créditos adeudados en un plazo que a mi modo de ver es de 4 días según LCT (hay abogados que intiman plazo 2 días, tampoco es grave).
Recién después de eso negocias, no antes.
Saludos, Martin