PREGUNTA: Colegas tengo una clienta que se caso hace 14 años, a los pocos años de casada (por civil) el marido se va con otra mujer. Con esta situacion han vivido todos estos años, ella sola y el con otra mujer conviviendo cerca de la casa.
El tema se planteo que ahora este sr se ha casado por iglesia con quien convivia....y que se hace???
ese casaminto es nulo???? ya que la iglesia no es valida para la ley....pero que deberia hacer mi clienta??? existe alguna accion?????
puedo pedir un divorcio contradictorio y exigir alimentos a favor de mi clienta porque es la inocente??
RESPUESTA: ANTES NO SE PODÍA CASAR POR IGLESIA SIN ESTAR CASADO POR CIVIL, AHORA SI Y DE ESO HACE YA MUCHO TIEMPO, NO ES CUESTIÓN DE DERECHO CANÓNICO, SINO PORQUE SE PENALIZABA.-
CUIDADO CON EL CONTENCIOSO HACE APROXIMDAMENTE CATORCE AÑOS QUE ESTÁN SEPARADOS DE HECHO, Y LA JURISPRUDENCIA ACTUAL TE DICE QUE NO SE PUEDE ALEGAR NI ADULTERIO NI INJURIAS LUEGO DE UNA SEPARACION DE HECHO PROLONGADA, QUE SE CONSIDERA DE COMÚN ACUERDO.- NI SE TE OCURRA PEDIR DAÑO MORAL PORQUE PIERDES.-
SI, PUEDES INICIAR JUICIO POR ALIMENTOS PORQUE NO ESTÁN DIVORCIADOS, Y NO SE EQUIPARA A LA SEPARADA DE HECHO CON LA CULPABLE EN EL PROCESO DE ALIMENTOS