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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1085266  por Javnic
 
Hola foristas. Les hago una consulta por un tema de obras sociales que estoy re perdido y no se por donde arrancar. Me vino a ver una persona que trabajaba hasta el mes de enero de 2014 en un lugar por el que le habían puesto una Obra social XXXXXXX. Aproximadamente en el mes de Agosto consigue otro trabajo (estando embarazada de 3 meses) por el que le corresponde OSECAC ya que es alcanzada por el Convenio Colectivo de empleados de comercio, y de hecho sus compañeros de trabajo tienen esa OS. Viendo el convenio colectivo de Trabajo de empleados de Comercio (CAPÍTULO XVII, ART. 98), los aportes de obra social deben ser hechos para OSECAC, por lo que entiendo que obligatoriamente deberían pagarle con sus aportes dicha obra social y tener cobertura por la misma-
El problema es que según le informaron, y así le figura en su recibo de sueldo, como anteriormente tenía la obra social XXXXXXX, con sus aportes le están pagando por esta y no por OSECAC.-
Cuando quiere atenderse por dicha obra social le dicen que por su plan solo tiene cobertura en Pergamino, Córdoba y Mendoza, lo cual obviamente a ella no le sirve porque es de zona sur de gran Bs. As. Y ahora se está atendiendo en distintas salitas de su barrio y pagándose de manera particular los estudios que le manden.
La idea sería que pase a tener OSECAC, ya que tiene más lugares de atención y por otro lado, es la que le corresponde por el convenio colectivo de trabajo aplicable.-
¿Que puedo hacer para que ello pase?. ¿Tendría que intimar al empleador para que haga sus aportes por obra social a OSECAC?, ¿por otro lado OSECAC puede negarse a darla de alta y empadronarla?.-
Llegado el caso de lograr que sus aportes pasen a OSECAC, pensé en hacer un reclamo por Carta documento a esta obra social para que la den de alta. Posteriormente, en caso de ser necesario iniciaría un amparo.
No se si estoy en lo correcto o no, pero agradecería a quien pueda orientarme por donde empezar, y si se puede hacer, y en su caso me orienten sobre que normativa podría leer, más allá de la Ley de Obras sociales, como para empezar a encarar el tema.-

Una cosa más, no se bien si poner la consulta en "derecho previsional", si esta mal me avisan y cambio. Gracias
 #1085271  por JUANJOSE47
 
No es un tema previsional, pero dado la situación de la persona que
se encuentra afectada, doy una breve reseña
En primer lugar ingresar en el sitio Superintendencia de Seguros de Salud
Consultas
Padrón de Beneficiarios de Agentes Nacionales Sistema Salud
Consulta Publica
Acceso Publico
Cargar Cuil /numero de documento/codigo
Ahi se abre una pantalla donde muestra las altas y bajas de las
Obras Sociales de la beneficiaria para tener una idea de cual es la
ultima que figura y en cual continua...
En segundo lugar, habiendo elección de obras sociales por parte
del Empleado, es èste quien que realizar el tramite ante la Obra
Social que desea estar, y no el empleador porque este cuando
carga los datos en el formulario 931 de pagos aportes y
contribuciones, no puede modificar el codigo de la obra social
que ya viene cargado por Afip en base a datos de la Superintendencia
de Seguros de Salud
Ahora bien, cual fue el tramite que debió realizar la interesada
apenas ingresó en su nuevo trabajo???
Ir a la Delegación de OSECAC mas cercana, y tramitar la opción
de cambio a dicha obra social, con DNI, copia alta Temprana
y certificación del empleador en el caso de no tener el
primer recibo, y la opción se vería reflejada en la base de
datos de la Superintendencia de Salud a los 90 días
Lo queda bien claro que la responsabilidad del
Empleador (aunque este incluida la beneficiaria en el
Convenio 130/75) se limita a respetar la información
que le da la AFIP , cuando confecciona el formulario
931.-
Para mayor información, que concurra a la Delegacion
OSECAC, mas cercana, y le explique la situación
Espero que le sea de utilidad
Saludos
 #1085273  por Javnic
 
Hola. gracias por responder tan rápido. El tema es que esta persona fue a OSECAC y le dijeron que como está embarazada no la pueden tomar. Además le dijeron que si la tomaban tenía tres meses de carencia, con lo cual no iba a poder usar de la obra social y faltan menos de tres meses para el parto. Por ello que no sabía bien como intimar a OSECAC para que la tomen y empadronen, ya que no le tomaban el traspaso. Por eso pensé en una CD y sino un amparo. ¿se podrá?-
Por otro lado en relación a lo que le dijeron de los tres meses de carencia, estuve viendo el PMO y por temas de maternidad, etc, no existe tal carencia por lo cual, en caso de hacer el traspaso debería tener cobertura.
Las información que me pasaste ya me fue de muchísima utilidad. Perdón por tantas preguntas, pero es un tema interesante el de las Obras sociales, pero para mi totalmente nuevo.
Gracias nuevamente
 #1085280  por JUANJOSE47
 
En primer lugar si o si la tienen que empadronar aunque digan que
tiene 3 meses de carencia, ya que de otra forma seria un acto
discriminatorio por estar embarazada.-Si no quieren tomar el
empadronamiento, ahí si enviar carta documento.-
Ahora si bien el plan materno infantil no tiene periodo de
carencia, en este caso como es una opcion o cambio de
otra Obra Social, al hacer un reclamo van a
contestar que existe una cobertura vigente de la
Obra Social anterior que cubre dicha carencia
y ahi legalmente tienen un argumento válido
para rechazar el mismo
Saludos