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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #107031  por jclima
 
Ante todo me presento, me llamo Juan y soy de Balcarce.
Siendo que soy médico y desconozco el derecho de familia, querría saber si pudieran orientarme en la siguiente cuestión ya que es una situación bastante embromada para mi familia.
Querría saber si se puede responsabilizar a la "pareja" del cónyuge adultero por algo, puede caberle algúna responsabilidad ó pena por daños ó quedaría como nada?
Les agradezco cualquier ayuda que puedan brindarme.
Juan.

 #107035  por Sailaw
 
Toda acción o hecho ya sea voluntario o culposo de una persona que origina perjuicios a otra u otras es suceptible de originar una acción por cobro de dichos daños.

 #107047  por jclima
 
Perfecto, entonces podría iniciar alguna acción.Qué me recomiendan?
Muchas gracias por la ayuda.
Juan.

 #107225  por zawa
 
"Responsabilizar a la pareja del cónyuge adúltero por algo"?

Pareja en este caso es la cónyuge del cónyuge adúltero? Estimo que no. Entonces la pregunta es si (suponiendo que la adúltera sea la esposa) se puede accionar por daños contra el amante?

Daños por tal relación? En todo caso contra el adúltero oportunamente...

 #107526  por jclima
 
Sailaw escribió:Toda acción o hecho ya sea voluntario o culposo de una persona que origina perjuicios a otra u otras es suceptible de originar una acción por cobro de dichos daños.
Por lo que mencionó Sailaw entendí que si, que se podría accionar contra la pareja del adultero, el amante si se quiere.Entendí correctamente?
Saludos.

 #107597  por Sailaw
 
Entendiste bien, cualquiera puede demandar por cualquier cosa, el tema no es poder accionar, sino probar los daños y la relación de los mismos con el cual se demanda.

 #107599  por Sailaw
 
jclima escribió:Perfecto, entonces podría iniciar alguna acción.Qué me recomiendan?
Muchas gracias por la ayuda.
Juan.

Que consultes a un abogado de tu confianza, al cual le vas a detallar en forma minuciosa los hechos, y los perjuicios originados por las conductas de los cuales queres demandar.

Es muy dificil aconsejar si no se tienen todos los hechos, y menos aconsejar caminos de acción, para ello se debe tener todos los elementos sobre el escritorio.
 #108479  por maria eva feller
 
No entiendo. Qué tiene que ver la pareja del adùltero, ( ya no existe adulterio, en todo caso Injuris graves). En su momento la única acciòn era introducir causal de Injurias graves en el juicio de divorcio, pero sólo contra el adùltero.
m.e.feller


jclima escribió:Ante todo me presento, me llamo Juan y soy de Balcarce.
Siendo que soy médico y desconozco el derecho de familia, querría saber si pudieran orientarme en la siguiente cuestión ya que es una situación bastante embromada para mi familia.
Querría saber si se puede responsabilizar a la "pareja" del cónyuge adultero por algo, puede caberle algúna responsabilidad ó pena por daños ó quedaría como nada?
Les agradezco cualquier ayuda que puedan brindarme.
Juan.
 #108529  por leticiadf
 
perdon, no entendí... como que no existe adulterio?


maria eva feller escribió:No entiendo. Qué tiene que ver la pareja del adùltero, ( ya no existe adulterio, en todo caso Injuris graves). En su momento la única acciòn era introducir causal de Injurias graves en el juicio de divorcio, pero sólo contra el adùltero.
m.e.feller


jclima escribió:Ante todo me presento, me llamo Juan y soy de Balcarce.
Siendo que soy médico y desconozco el derecho de familia, querría saber si pudieran orientarme en la siguiente cuestión ya que es una situación bastante embromada para mi familia.
Querría saber si se puede responsabilizar a la "pareja" del cónyuge adultero por algo, puede caberle algúna responsabilidad ó pena por daños ó quedaría como nada?
Les agradezco cualquier ayuda que puedan brindarme.
Juan.
 #108592  por maria eva feller
 
leticia me disculpo, venía del foro penal, y en realidad mi única neurona siguió participando desde el foro penal. No hay mas figura de adulterio para el fuero penal.
Fue un traspapelón. Aclaro, 204. Adulterio como primer causal.
vuelvo a pedir disculpas.
maria eva feller

leticiadf escribió:perdon, no entendí... como que no existe adulterio?


maria eva feller escribió:No entiendo. Qué tiene que ver la pareja del adùltero, ( ya no existe adulterio, en todo caso Injuris graves). En su momento la única acciòn era introducir causal de Injurias graves en el juicio de divorcio, pero sólo contra el adùltero.
m.e.feller


jclima escribió:Ante todo me presento, me llamo Juan y soy de Balcarce.
Siendo que soy médico y desconozco el derecho de familia, querría saber si pudieran orientarme en la siguiente cuestión ya que es una situación bastante embromada para mi familia.
Querría saber si se puede responsabilizar a la "pareja" del cónyuge adultero por algo, puede caberle algúna responsabilidad ó pena por daños ó quedaría como nada?
Les agradezco cualquier ayuda que puedan brindarme.
Juan.

 #109291  por Franco31
 
Probado que fuere el adulterio como causal de divorcio, resta ademas probar el daño causado por el amante del adultero, si en la practica es dificil probar el adulterio como causal de divorcio, probar daño del amante por el hecho y en ocacion del adulterio es casi un caso para un mago. De todos modos habria que conocer algunos pormenores para poder arrimar alguna mehçjor opinion. Saludos.

 #109294  por Pato272727
 
Poder demandar cualquier cosa se puede. el tema es que lo puede perder.
Esto esta en lexis
27/09/2007 Divorcio vincular y separación personal. Daños y perjuicios. Daño moral. Divorcio por injurias graves. Extensión de la condena a quien mantenía amoríos con un consorte. Improcedencia
La C. Civ. y Com. San Isidro, sala 2ª, en autos "C. de L., v. M., B. R.", resolvió que no encontrándose acreditado con la entidad necesaria para configurar por sí misma un ilícito civil y por consiguiente un daño para la esposa, que la persona individualizada como quien sostuvo amoríos con el marido, reclamado en un divorcio, no corresponde hacerle extensiva a ella la condena; máxime cuando aquél se ha basado en la causal de injurias graves, excluyendo la de adulterio.