En pcia de Bs As. por la nueva ley de sclioli de hace un año y poco mas la vivienda unica y permanente es inembargable, salvo por las excepciones de la misma ley (que no esta incluida la garantia para una locacion)
Y como todavia no se reglamento que es la "renuncia a la proteccion" de la que habla esa ley porque no se aclara quien es "autoridad competente" para tomar esa renuncia como acto formal, la validez de cualquier clausula que diga que se renuncia a esa ley es lo mismo que nada
La unica garantia verdadera en pcia de Bs As ahora es un garante con 2 o mas propiedades vivienda, o algun local comercial como inmueble ofrecido en garantia. Despues de eso lo que hay es el recibo de sueldo como garantia aunque ya no tan buena
Tambien podes si queres aceptar una vivienda unica y permanente como garantia, pero despues tendras que pedirle la inconstitucionalidad, que en general se gana, pero no es totalmente seguro que siempre se gane, y aun ganandola, te lleva unos años de debate. En tal caso, si elegis igualmente una garantia que sea vivienda unica, pone jurisdiccion de CABA para la ejecucion del contrato, cosa de poder defenderte diciendo que esa ley en CABA no vale y que por eso no puede obstar el procedimiento ejecutorio de la capital, ademas de pedirle la inconstitucionalidad (teniendo en cuenta que el juez de capital posiblemente mire mal a esa ley)
Cuando una multitud de cuervos rodeaba al cliente al grito de "que pague!, que pague!", se hizo presente el señor y dijo "el que este libre de inflar una liquidacion, que arroje la primer calculadora"