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  • CODIGO 35? PORQUE ESTAN PONIENDO ESE CÓDIGO?

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1085972  por Emma2011
 
lunita_roja escribió:Pregunta, me están viniendo a ver mucha gente (todos de udai centro), que se jubilaron sin abogado y vienen porque según ellos no les pagaron el retro que corresponde. Entro al sicam y veo dos planes...pregunto la circular 87/14 no dice que hay respetar como fecha inicial la del primer plan?


Si eso dice siempre y cuando corresponda...
Fijate bien en cada caso: es decir que se encuentre en la situación en que habilita a abonar desde el pago de la primer cuota del plan original
"... La fecha inicial se establecerá en función al pago de la primera cuota del
plan original".

Yo creo que deberían pagarle todos los meses, no sólo los del segundo plan. Yo les pedí turno por error en la liquidación y pienso presentar una nota. A alguno le pasó?
 #1085977  por 82x100to
 
lunita_roja escribió:Pregunta, me están viniendo a ver mucha gente (todos de udai centro), que se jubilaron sin abogado y vienen porque según ellos no les pagaron el retro que corresponde. Entro al sicam y veo dos planes...pregunto la circular 87/14 no dice que hay respetar como fecha inicial la del primer plan? Yo creo que deberían pagarle todos los meses, no sólo los del segundo plan. Yo les pedí turno por error en la liquidación y pienso presentar una nota. A alguno le pasó?
Parecido pero no igual. Lo que dice concretamente la 87/14 es:

"La fecha inicial se establecerá en función al pago de la primera cuota del plan original"
 #1086185  por DiegoChaco
 
Perdon, ya que hablan de fecha inicial de pago les consulto lo siguiente: tengo 1 caso de jubil 26970 con la 1ra cuota pagada el 04/12/2014, que en en seguim de expte, donde aparece el N° de benefic tiene fecha 30/12/2014, y donde esta el Cod 04 tiene fecha 07/01/2015. Y le pagaron el retro desde el 01/02/2015, cobro ayer solo $2500 aprox,. La duda es si esta bien liquidado o corresponde el retro desde 01/01/2015.?
Saludos
Diego
 #1086251  por JUANJOSE47
 
Va el siguiente caso real:
Beneficiario Moratoria Ley 26970
Ingresado dia 17.11.2014 Codigo 17(pago cuota mismo mes)
aprobado dia 04.12.2014 (codigo 04)
Cobra a partir del 23.01.2015
(Cobro retroactivo Dic. 2014 Aguinaldo Prop. y Enero 2015)
Total $ 5.450.--
 #1086287  por DiegoChaco
 
Juanjose, ayer encontré otro caso igual, ya tengo 2 casos q le liquidaron como puse mas arriba:
N° de benefic tiene fecha 30/12/2014,
el Cod 04 tiene fecha 07/01/2015
y retro desde el 01/02/2015
asi que tendremos que hacer el reclamo nomas.
 #1086317  por JUANJOSE47
 
Siguiendo con el tema de este post (codigo 35), y al ingresar al Sicam en la fecha,
del beneficiario que nombre en un comentario, y que le habian cambiado la leyenda
el dia 07.01.2015 "a la espera de la respuesta AFIP Plan Moratoria Ley 26970 etc.
en detalle de pagos me aparece abonada la 2da. Cuota del Plan por Anses el dia
22.01.2015, ($ 620.18) y cuando ingreso al detalle de cuotas proximos vencimientos
(desde marzo 2015 ) ya aparecen actualizadas por el indice del 18.26 % y por los
próximos 6 (seis) la cuota a descontar Sera de $ 733.42.-
Ahora bien, esto me da la señal que el sicam modificado por el iniciador esta
bien y que la demora considero que es porque habia periodos en relacion de
dependencia que debian ser verificados por no estar en la base de datos
ANSES.-(inicio tramite dia 12.11.2014 y pago cuota ese mismo dia)
Aclaro que esta el dia de ayer no figuraba en el Sicam el pago de la 2da. cuota y han
hecho la carga en forma retroactiva al dia 22.01.2015
En consecuencia, supuestamente en los casos que el tramite figura con codigo
35 y este acreditada la 2da. cuota y siguientes, el Sicam no tendria errores
y la demora seria por el tramite administrativo en sí.-
Saludos
 #1087295  por alexis2014
 
Se debe pagar el retro a partir del pago de la primer cuota es lo que nos informaron en anses, incluso via mail, fue de ellos el error no se si por incapacidad o a proposito para demorar los pagos, por lo general los que se encuentran en estado 94 es porque estuvieron primero en 35, y tiene que indexar el ajuste de la cuota en el nuevo sicam a eso se refiere sujeto al pago de la ciota, al nuevo importe, hasta que no impacte en el sicam , no lo pasan a acordado, a mi me gustaria saber porque en mi anses no figura el detalle del beneficio un cliente esta por cobrar le faltan pocos dias y no esta ese detalle , sino les podria decir si le pagaron retro o no , quizas Juan Jose me lo pueda responder, a menos que vaya a pedir el rub, pero creo ese detalle deberia figurar con la clave de anses, no se porque ya no lo ponen :roll:
 #1087313  por fernandez rocio
 
foristas buenas tardes: hace unos días estoy queriendo sacar un turno para una señora que cumple los 60 en unos días , por ley nueva quiero jubilarla, y cuando termino de cargar los datos me dice que llame al 130, para mas asesoramiento, a alguien le paso? gracias... o será por que todavía no tiene la edad.....
 #1087320  por alexis2014
 
Gracias Ale, por tu info !!!!!!!!!!!!!!!!!!, no me habia dado cuenta!!!!! :oops:
Rocio, lo que todavia no tiene la edad no tiene nada que ver, tengo una persona de mi conocimiento que de lo dieron dos meses antes de cumplir sera error del sistema pero si lo pedis por el 130 tenes que hacerte pasar por la clienta jejej *suerte*