Si la deuda está originada luego de la sanción de la Ley de Tarjetas de Crédito (Ley 25.065, Sancionada el 7.12.98 Y publicada en B.O. Del 14.1.99), se aplica lo dispuesto en la misma.
Por lo tanto, la prescripción es la establecida en el art. 47 de la ley:
De la prescripción. Las acciones de la presente ley prescriben:
a) Al año, la acción ejecutiva.
b) A los tres (3) años, las acciones ordinarias.
Opiniones y jurisprudencia sobre el tema, en este enlace:
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Saludos.
Hoy, somos todos estudiantes. (Augusto Mario Morello).