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 #1086976  por tarka02
 
Quería ver si alguien podría asesorarme un poco respecto al tema , paso a explicar -
Mis abuelos de parte paterna poseían una casa junto a sus 2 hijos , uno de ellos mi padre,
hace muchos años falleció mi abuelo , luego mi abuela , y hace muy poco mi padre , jamás realizaron ninguna clase de tramite , la casa posee escritura la cual no poseo .
La familia de mi tío esta habitando la casa en la actualidad , su familia esta conforme por sus 4 hijos y su esposa , uno de sus hijos posee 2 hijos los cuales también viven ahí y son menores -
Mi familia esta compuesta por mi madre y mis dos hermanos , osea en total somos 4 personas -
Como podríamos reclamar nuestra parte ? aclaro que mi tío no esta interesado en firmar nada ni ayudarnos de ninguna manera por lo tanto quisiera saber como esto me afectaría , nose si tiene importancia pero el edifico un segundo piso y esta construyendo en la parte trasera del domicilio , que tendría que hacer? que documentación necesito ?

Desde ya les agradezco mucho el espacio -
 #1087394  por BUENOOLGADOMINGA
 
Debes abrir la sucesion ab-intestato de tu padre, luego con el testimonio de la dh., abres la sucesion de tu abuelo o de tus abuelos si ambos eran los titulares registrales del bien a transmitir. te presentas en la sucesion de tus abuelos ejerciendo el derecho de representacion de tu padre y recibiras lo mismo que hubiese recibido tu padre si se encontraba aun con vida.

Dices que tu tio no quiere firmar nada ni ayudarlos, ese no es problema dado que si cuentas con los datos de tu tio lo presentas en el expediente, luego el sera notificado de la existencia de la sucesion.
En la particion, al tratarse de dos herederos forzosos tu padre y tu tio, tu al ejercer el derecho de representacion de tu padre pre muerto recibiras el 50%, del bien inmueble que compone el acervo sucesorio.

Los gastos de tasa de justicia corren por tu cuenta y por tu tio ambos deben pagarlo, y si es en provincia tambien pagaran la sobretasa, que es un remanente que va a la caja del colegio de abogados de esa jurisdiccion.
Recuerda que al tratarse de dos sucesiones padre he hijo debes abrir dos sucesiones. Distinto seria el caso si abririas la sucesion de ambos abuelos por tratarse de conyuges se puede abrir en forma conjunta.

Pero tu al ser el nieto del titular registral del bien inmueble, tienes que abrir la de tu padre, luego la de tu abuelo o abuelos, en la sucesion debes nombrar un administrador del bien, o solicitar al juez designe de oficio a un administrador.

Documentaciones:en sucesion de tu padre. Partida de defuncion y partida de matrimonio de tu padre/partida de nacimiento tuya/ fotocopia de DNI.
En la sucesion de tu abuelo: Partida de defuncion de tu abuelo/s.Partida de matrimonio/Partida de nacimiento tuya/Fotocopia de tu DNI. Testimonio de la DH., de tu tio lo mismo salvo el Testimonio que solo lo presentas vos, ademas debes presentar fotocopia de la Escritura del bien inmueble a transmitir.

Luego de obtener la DH., en la sucesion de tu abuelo, deciden si inscribiran el bien a nombre de tu tio y vos, o uno de los dos decide celebrar el contrato de cesion de derechos hereditarios al otro, lo deben hacer ante Escribano publico. Una parte es el cedente, la otra parte el cesionario, es quien debe pagar al cedente su parte. deben notificar al juez de la sucesion que haran con el bien, si inscribir la declaratoria a nombre de los dos, o celebrar el contrato de cesion de derechos hereditarios.

En este ultimo supuesto deben facilitar al juez el nombre del Escribano que intervendra en la celebracion del contrato de cesion.los ocupantes del bien, pasaran a ser terceros en la custion y deberan pagar un alquiler si deciden continuar residiendo en el bien cuyos titulares serian tu y tu tio, o uno de los dos.o tu tio si es el padre de quien reside debe pagarte el alquiler del 50% de la casa.

Espero haberte aclarado el tema.
Suerte!!!
 #1087395  por BUENOOLGADOMINGA
 
Ya te conteste, pero veo que tu tio es quien reside en la casa, bien luego de todo lo anterior y obtenida la DH, en la sucesion de tu abuelo, es tu tio quien debera pagarte el alquiler por el 50%, del bien por pasar a ser tu el condomino, o titular del 50% del bien.

Saludos.