Claro. Primero pedis la rebeldia. Te van a hacer notificar eso por cedula al real. Despues pedis que se abra a prueba. Probablemente fijen audiencia conciliatoria (que se notifica por ministerio ley porque ya esta rebelde, es decir que vas a ir al pedo). Una vez que se tome la audiencia se abre a prueba el expediente, te van a proveer la prueba solo a vos. Ahi tenes que producir la prueba que consideres que necesitas si o si, la demas la podes desistir. Cuando ya tenes toda la prueba que queres pedi que fijen audiencia de vista de causa. Si pediste confesional los apercibimientos se los tenes que notificar al real por mas que este rebelde. Finalmente, se toma la vista y se dicta la sentencia.