Buenos días foristas. Agradecería que me brindaran su opinión o indicaran qué bibliografía o más bien jurisprudencia puedo utilizar para dilucidar el encuadre jurídico que deberíamos dar al siguiente caso en consulta: El señor x se desempeña hace alrededor de cuatro años al servicio del señor Y realizando tareas de: pintura, albañilería, refacción, reparación de viviendas que supone pertenecientes al señor y. El señor Y le paga por trabajo terminado y luego destina las viviendas a locación. A su vez el señor x-empleado- tiene ayudantes autorizados verbalmente por el empleador para realizar dichas tareas. Ninguno está inscripto. En enero el señor x- empleado - sufre un accidente de trabajo en una de las viviendas del señor y. Cae de una escalera- aclaro que los instrumentos de trabajo los aporta el empleador- y debe ser operado, estando actualmente en rehabilitación. Avisa a su empleador quien promete encargarse de los costos de la operación, pero no lo hace, ni se apersona a brindar ningún tipo de auxilio al empleado , que fue socorrido por una vecina. Tampoco paga los $4.000 que debía por el trabajo terminado. Los hijos del empleado no obstante terminan las refacciones. Decidimos a prima facie intentar encuadrar el caso dentro de la protección de la ley de contrato de trabajo, aún dudando si se trataba de una locación de servicios. Pensando que se configura relación de dependencia, que el empleado trabajaba en varias de las casas del empleador, los medios eran aportados por el empleador...Pero no sé!!!!!!Bueno, quise averiguar cómo es el trámite de mediación en la secretaria de trabajo para tenerlo en cuenta como opción, pero nos anticiparon que en estos casos parece configurarse más bien una forma de locación de servicios. Ahora estamos empezando de nuevo a estudiar la cuestión. Ya habíamos enviado el primer telegrama al empleador para que procediera a registrar al empleado, y aún no pasaron treinta días. Bueno la cuestión está en volver a empezar...e intentar encuadran bien la cuestión antes de meter la pata, porque tememos iniciar demanda laboral y encontrarnos con la sorpresa de no lograr que se considere más que una locación de obra. Por otra parte está la posibilidad de ir vía demanda civil. Muchas muchas gracias, sin logran orientar a esta abogada desorientada enorme tarea habrán realizado.
CarlaComini-Abogada-rosarina