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 #107692  por leandroklink
 
una consulta, ante el silencio en adm. prov. presento pronto despacho, conforme el artículo 79 de Decreto Ley 7647, vencido el plazo de 30 días desde la interposición se presume denegado. La pregunta cuanto tiempo tengo para presentar la demanda ya que no puedo encontrar como en nacion que si lo estabablece. Gracias
 #108728  por jmlezcano
 
Hola, tal vez hable por ignorancia y ruego que algun colega me corrija si es así, pero no existe disposición que establesca un plazo para iniciar la acción judicial (siempre, claro está, los plazos ordinarios de la prescripción de la cuestion que se trate). El Fisco de la prov. de Bs. As. nunca me opuso algún tipo de defensa por vencimiento de algún plazo. Espero no estar equivocado. Mucha suerte

 #108752  por MORGAN
 
Es correcto lo que dice JMLezcano.