Hola Colegas, volví de la feria y ya tengo grandes problemas, básicamente se me paso una notificación electrónica, el tema aqui fue que en el Art 80 hablando con la audiencista le pregunte y me manifestó que ellos si bien mandaban la notificación electrónica también enviaban soporte papel; pero resulto que no... y con fecha 19/12/14 me surge una ced electrónica que venció el 30/12/14 2 primeras, que en la cédula dice NO copias y demás, pero que el Juz 55 la tiene por notificada y no es ni mas ni menos que una contestación del traslado de la contestación de la demanda. La pregunta es alguien planteo una NULIDAD DE LA NOTIFICACIÓN ELERCTRONICA, para poder pelear este tema que realmente es un dolor de cabeza, sobre todo cuando cada juzgado se maneja como quiere. Les pido alguna opinión ya que estoy desesperada. GRACIAS!!!!!!!!