hola colegas. me acaban de consultar por un accidente que sufrio una clienta porque se cayó al meter su pie en el cordon de la vereda: tuvo fracturas multiples. El problema es que cuando busco jurisprudencia se entiende como cordon de la vereda o cordon de calle.
La diferencia radica en que si es cordon de calle: solo demando al municipio, en cambio si es cordon de vereda tengo que demandar también al frentista . Mi clienta no esta muy convencida si fuera este ultimo caso porq es su vecina. (v.lopez)
Que opinan? Desde ya muchas gracias
La diferencia radica en que si es cordon de calle: solo demando al municipio, en cambio si es cordon de vereda tengo que demandar también al frentista . Mi clienta no esta muy convencida si fuera este ultimo caso porq es su vecina. (v.lopez)
Que opinan? Desde ya muchas gracias