Buenas tardes, queria consultarles si ven viable que mi cliente cobre lo que surja de la fórmula de ley 24557 y 26773 conforme al % de incap dispuesto por la SRT, y luego iniciar demanda unicamente a la ART (por Ley Especial) reclamando la diferencia que consideremos pueda existir en la incapacidad.
Muchas gracias.
Muchas gracias.