Hola a todos. Pedi una Reposición con apelación en subsidio indicandole al juez que se estaba errado al ordenar intimara por el 50% de mis honorarios a mi cliente no condenado en costas ya que por el art 1627 CC tengo derecho a percibir de mi cliente el 100%. El juzgado hace lugar al planteo. En la resolución no está ordenado el traslado ni la notificación de la misma. Tengo que pedir se corra traslado? La intimación al pago del 100% la solicito en el mismo escrito o tengo que esperar que quede firme la resolución? Gracias
