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  • LOS ABOGADOS DE PCIA SON TAN COBARDES E HIJOS DE REMIL PUTA?

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 #1087930  por BeastMan
 
A partir del año que viene es obligatorio en Provincia de Buenos Aires la utilización de las notificaciones electrónicas. Cuando se implementó este sistema, “el certificado” se bajaba “GRATUITAMENTE” desde la página de la Suprema Corte y solo se podía ingresar a la cuenta desde esa sola PC. AHORA el certificado no se puede bajar desde la página de la Suprema Corte, se debe “COMPRAR” una especie de “pendrive” que se llama “TOKEN” , UN NUEVO NEGOCIO DE LA SUPREMA CORTE Y DE LOS COLEGIOS DE ABOGADOS. LOS ABOGADOS MATRICULADOS SON TAN COBARDES E HIJOS DE REMIL PUTA EN NO QUEJARSE Y PERMITIR QUE LAS AUTORIDADES DE LOS COLEGIOS DE ABOGADOS NOS ESTAFEN Y NOS VENDAN UN TOKEN CUANDO DEBERÍAN REGALARLO. Se nos impone un sistema que a partir del 1 de febrero del año que viene va a ser obligatorio, nos obligan a que compremos un token a $ 300, quizás el año que viene valga $ 500, no nos pagan el servicio de Internet ni la PC ni el servicio de energía la cual cortan seguido. ¿NADIE SE QUEJA POR ESTO? ESTO ES UNA VERGÜENZA, ESTÁN HACIENDO UN COMERCIO CON NOSOTROS.
 #1088169  por flux
 
Yo diria que llegado el caso interponer un amparo contra la medida alegando que impide la facultad de trabajar libremente (porque ademas obliga a tener pc mas internet, algo que no se exigen para ejercer la profesion..., aunque realmente la tengamos) y seguido de una cautelar de no innovar para que se siga usando el domicilio fisico. Y en cada causa iniciada meter que esta esa cautelar en progreso y hasta tanto se resuelva la situacion que sigan usando el domicilio fisico.

Si muchos letrados lo meten le pasa lo mismo que al CASSABA..., se lo tuvieron que meter en el ogt
 #1088197  por BeastMan
 
Flux, sucede que en Provincia, de plantearse la inconstitucionalidad de ese acuerdo, entiendo que sería competente la Suprema Corte de Pcia (salvo que esté equivocado)que está ubicada en la Ciudad de la Plata. Al violársenos derechos patrimoniales conforme al artículo 684 del Codigo Procesal Civil y Comercial de la Provincia tenemos un plazo de 30 días para iniciar la acción contándose desde que ese acuerdo nos afecte, yo entiendo que se contaría a partir del 1 de febrero del año que viene. La propia Suprema Corte ¿declararia inconstitucional su propio acuerdo? En relación a la medida cautelar, si no es concedida entiendo que los abogados no pueden incumplir con ese acuerdo. Saludos.
 #1088212  por slipping
 
Si un tribunal no puede entender por temor de parcialidad... entonces, deberá entender otro tribunal, en el caso la CSJN (digamos que en cierta forma la demandada ¿sería la provincia de BA? -arts. 116 y 117 de la CN). Propongo, no afirmo nada.
Además del "Token" tenemos la bendita Caja de Abogados que nos "toca" el t... a todos. Me vino a la cabeza porque el colega mencionó CASSABA, ¿la afiliación obligatoria no es inconstitucional? ¿Y acaso la irrazonabilidad no es un motivo para declarar inconstitucional una ley? Porque una cosa sería la afiliación obligatoria y otra (además) el monto a tributar por esa afiliación ¿no?
Si se suman, yo me comprometo a ir redactando algo, lo subo y lo vamos criticando, completando, mejorando, cambiando, pero vamos haciendo algo.
 #1088475  por flux
 
Yo diria de tirar el amparo al sorteo comun del ttrab del lugar donde uno reside con la cautelar simultanea. Si logras la cautelar, que despues se saquen los cuernos remitiendo el expediente a la competencia que resulte. Mientras tanto, con la cautelar pendiente, podes iniciar sin token justificando el proceso pendiente. Suponiendo que la corte no pueda declarar inconstitucional su propio acuerdo, ira por el recurso del articulo 14 de la ley 48 hasta la suprema corte. Y si rebota todo, en el peor de los casos, si le planteas al tribunal..., "no tengo pc, ninguna ley me obliga a tenerla" que te va a despachar, estrados del juzgado supongo...