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 #1088148  por MGPG2015
 
Buen día foristas!! Tengo un par de dudas que necesito aclarar. Se trata de mediación publica. Me comentaron que la audiencia es notificada por cédula o carta documento. Si uno opta por hacer cédula, en Capital, se encarga el mediador; pero si es en provincia hay que dar intervención al juez y la diligencia el letrado. Como es esto último? No entiendo como puede participar el juez si aún no hay litigio judicial. Hay que presentar un escrito? Cual seria el modelo de escrito? Necesito que me aclaren todas las dudas que sean necesarias por favor.
 #1088486  por pablin
 
Al tratarse de una mediación pública, al momento del sorteo, además de mediador, se sortea el juzgado que intervendrá posteriormente si hay juicio.
Cuando la cédula va a dirigida a otra jurisdicción la confecciona el mediador (es cédula ley), se la entrega al letrado, éste debe llevarla al juzgado para que la sellen y luego debe dirigirse (el letrado) a la oficina de notificaciones de la jurisdicción en donde se notificará o diligenciarla por intermedio de una gestoría.

En síntesis, el mediador confecciona la cédula, luego se diligencia igual que cualquier cédula dirigida a extraña jurisdicción.

Saludos, Pablín.