Tengo un cliente al que le llego una CD manifestando que el locador resolvia el contrato por vicios en la propiedad.... los cuales fueron negados por el locador y el locatario se vio en derecho de reolver...
mi pregunta es.... tiene algun tipo de sancion el locatari por resolver el contrato a los tres meses de haberlo iniciado? porque como dice que la propiedad tena vicios... (el solo los ve, mi clienta no los acepta de ninguna manera) pretende cobrar por los ds y ps ocasionados... consulto para ver si podemos compensar los daños con alguna multa que se le pueda aplicar por resolver el cto a los tres meses de haberlo iniciado.... de mas esta decir que el ultimo mes... se lo tomo de gracia y no pago!!!!!
En período esponja de conocimientos.-