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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1088629  por natajus
 
Estimados Colegas, es mi primer ejecucion de honroarios profesionales, resulta que ya estan firmes, notificados, inicie el cobro, y trabe embargo preventivo ( es en una tenencia) ahora bien, ahora quieren pagar, mi consulta es: ademas de los honorarios regulados, mas aportes mas intereses, como liquido los honorarios por ejecucion de honorarios? le agradeceria cualquier orientacion. Gracias!
 #1088713  por drjuancarlos
 
Hola natajus, te cuento que yo tengo que preparar ahora mi primer ejecución de honorarios, según tengo entendido, los honorarios por la ejecución te lo regula el juez. Digo porque ahora te van a pagar lo que te debían y lo van a manifestar en el expte. y ahí pedís que te regulen honorarios por esa ejecución. Y el abogado del que te debe, le debió haber explicado que hay más honorarios por la ejecución. Y al tratarse del reclamo de dinero debería ser entre el 8 y 25% segun el art. 21 del Decreto-Ley 8904.-
Espero haber contribuido en algo.
Igualmente si alguien más experimentado tiene la respuesta certera, a todos nos sirve.-
Saludos!
 #1088949  por natajus
 
Muchas gracias por tu respuesta!!! drjuancarlos
Tambien creo que es por el 21 los honorarios por la ejecucion, lo que sucede que como la persona que no me paga a mi ( era mi cliente), fue a ver a otro abogado para pagarme ( una locura o ironia.... ) y me pidio que pase liquidacion por el total de lo adeudado, incluyendo la ejecucion.
Muchas gracias!
 #1090261  por PANDYCHA
 
HOLA A TODOS....CONSULTA SOBRE COBRO DE HONORARIOS....
ME REGULARON HONORARIOS EN UNA EXPTE DE ALIMENTOS Y REG DE VISITA, Y JAMAS ME PAGARON.- RENUNCIE AL EXPTE PERO AHORA ME ENTERE QUE ESTA POR COBRAR EN UN JUICIO LABORAL (YA QUE NO TRABAJA EN BLANCO).- MI INTENCION ES METER UN INCIDENTE POR EJECUCION DE HONORARIOS.-
AHORA VIENEN LAS DUDAS...
1) DEBO PRESENTAR EL INCIDENTE EN SEDE FAMILIA Y NO CIVIL?
2) ME HABLARON DEL CARACTER ALIMENTARIO DE LOS HONORARIOS, QUE DEBO CONSIGNARLO EN LA DEMANDA SINO POR EL CARACTER ALIMENTARIO DEL JUICIO LABORAL, NO LE DARIAN CURSO A MI PETICION; SI ES ASI, COMO LO AGREGO EN LA DEMANDA DE EJECUCION?
3) CUANDO Y COMO DEBO PEDIR EL EMBARGO EN EL JUCIO LABORAL? LUEGO DE LA AUDIENCIA' AL HOMOLOGARSE EL ACUERDO ARRIBADO?

ALGUIEN TENDRA UN MODELO QUE ABARQUE TOOODO ESTO???
 #1090438  por buenosairesfamilia
 
1) Familia (Tramita como incidente del principal en donde te regularon honorarios).

2) En la parte en donde pedís la medida cautelar.

3) En cualquier momento lo podes pedir. Es una anotación de litis básicamente. Si el actor percibe algo el juez laboral debe retener el monto que el juez de familia embargó.