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 #108922  por abogadoplatense
 
Estimados colegas:

Tengo entendido que la ley Pierri tenia como finalidad regularizar la posesion de aprox. 1.000.000 de inmuebles en la Provincia de Buenos Aires, pero que solo se regularizaron 150.000, y que dicha ley no se aplica mas.

Pregunto: A los escribanos y agrimensores designados, les dieron un listado de las zonas o inmuebles que estarian dentro de la ley?

Donde puedo ubicar las zonas, calles, parcelas ,etc, donde se intento aplicar dicha ley? en las Municipalidades? en la Escribania Genera de Gobierno?

Espero alguna respuesta que me oriente en el tema.
:shock: :shock:
Gracias.-

 #109004  por bea10
 
lA LEY PIERRI es una ley provincial y se aplica a toda la provincia...
creo que tenia una duracion de 10 años ( no estoy segura)
Los escribanos designados eran por la provincia.
Cualquiera podia pedir la aplicacion de la ley pierri, o sea aquellas personas que no tuvieran escritura a su nombre.
incluso he visto algunas con boleto de compraventa antiquisimos.
Lleva inscripcion en la plata.
respecto alos agrimensores ( no sabia que eran necesarios)
Lo que hay que tener claro en la "Ley Pierri" que no trasmite el dominio de titularidad.
Lo que nunca pude saber que iba a pasar despues de los 10 años ... como se iba a resolver este tema. sldos Analia

 #109008  por bea10
 
otra pregunta que hicistes es en las municipalidades, quienes organizaron todo.

Que yo sepa no hay calle delimitadas. Sldos Analia

 #110422  por bjsaravipaz
 
La Ley 24.374, conocida como Ley Pierri, fue sancionada por el Congreso Nacional (y promulgada por el Ejecutivo).

Su texto, entre otros sitios, se puede encontrar en:
http://www.ec.gba.gov.ar/Catastro/Legal ... y24374.htm

La norma es de carácter netamente social y complementa a los distintos procesos de Regularización Dominial que preocupan (al menos deberían) a todas las administraciones (en los distintos niveles). Viene a dar "solución" o una "salida" para la adquisición del dominio de casos particularmente complejos.

La regularización en la tenencia de la tierra no sólo es problema de la Provincia de Buenos Aires y en Argentina. Es un tema trascendente para toda latinoamérica y que es recurrentemente tratado en los cursos, jornadas, congresos de Catastro.

Para acceder al régimen se deben cumplir determinados requisitos descritos en la norma.

En la Provincia de Buenos Aires las actas notariales se gestionan a través de los Municipios, en sus Casas de Tierras, donde son derivados a los registros notariales determinados a esos fines.

No hay zonas, calles, ni parcelas "elegidas" o predeterminadas. Deben cumplirse los requisitos (que, con el transcurrir del tiempo, han cambiado, sobre todo en lo formal).

Un cordial saludo.


Agrim. Bernardo J. Saraví Paz
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 #110432  por bea10
 
disculpen ... era nacional la ley :oops: