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  • Arreglo judicial urgente!

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 #1089520  por Devronn
 
Buenas tardes colegas!
Los molesto por la siguiente cuestión: las causas generalmente las arreglo antes de iniciar cualquier juicio y sino sigo hasta las últimas. Pero me surgió un tema en una causa que ya está iniciada donde aparentemente se podrá llegar a un arreglo.
En este momento estamos en etapa de prueba, se están produciendo las testimoniales, ya hubo oficios y peritos que aceptaron cargos, pero que no hicieron las pericias aún. La cuestión es la siguiente: ¿cómo se efectúa el convenio al que se llegue? ¿Se hace audiencia con un mediador, se pactan las condiciones, honorarios, se dan cartas de pago, etc., o se informa en el juzgado, se pide regulación de honorarios, cartas de pago si corresponden, etc.? ¿Alguno me podrá detallar las opciones y los pasos?

Gracias de antemano!!!
 #1089521  por Avct
 
No hace falta ir a un mediador, pueden redactar un convenio con las cláusulas en las que se pusieron de acuerdo, o pedir audiencia en el juzgado y que se levante un acta con las condiciones del mismo. Los honorarios de los letrados pueden ser parte del acuerdo, y recuerden que deben incluir a la mediadora (pagando sus honorarios). En lo que tengo la duda es en los peritos, en eso podrá darte una mano otro colega. Al haber asumido el cargo, aún sin haber realizado las pericias, no se si le corresponden honorarios. Estudialo que seguramente hay mucho sobre el tema. Saludos !
 #1089523  por Devronn
 
Gracias por la respuesta y la celeridad Avct!!

Lo que entendería es entonces (yo estoy por la demandada):
1. Nos ponemos de acuerdo en la liquidación
2. Si lo hacemos en el juzgado, redactamos el convenio y lo presentamos en el juzgado. Acá vamos a incluir la liquidación, la forma de pago y los honorarios de los letrados (si ya están pagos, se aclara que no hay nada que reclamar en concepto de honorarios y listo).
3. ¿El juzgado proveerá? ¿Hará alguna clase de homologación o no tiene que hacer nada respecto de lo acordaron las partes?
4. ¿Se deposita el dinero en la cuenta del juzgado o se deposita en la cuenta del actor y se acredita el pago en el juzgado?

Respecto de los peritos, sí, les corresponde regulación de honorarios por aceptar el cargo, por más que no hayan efectuado el peritaje, de eso estoy segurísimo. En todo caso estimo que el juzgado les regulará y habrá que pagar a posteriori.

¿Voy bien encaminado así?

Gracias nuevamente y saludos!!
 #1089955  por andresxeneizes
 
1. Nos ponemos de acuerdo en la liquidación
mas que en la liquidacion en el monto en que pactan y forma de pago (cuotas)
3. ¿El juzgado proveerá? ¿Hará alguna clase de homologación o no tiene que hacer nada respecto de lo acordaron las partes?
si hay menores o incapaces tiene que homologarse primero y sino el juzgado solo tiene presente el acuerdo y en el acuerdo hay que poner la fecha de pago
4. ¿Se deposita el dinero en la cuenta del juzgado o se deposita en la cuenta del actor y se acredita el pago en el juzgado?
si no hay menores o incapaces es mas practico que el demandado pague por afuera, es decir con cheques y no despositar en el expediente
Respecto de los peritos, sí, les corresponde regulación de honorarios por aceptar el cargo, por más que no hayan efectuado el peritaje, de eso estoy segurísimo. En todo caso estimo que el juzgado les regulará y habrá que pagar a posteriori.
tal cual, hay que poner en el acuerdo que el demandado se hace cargo de las costas de la mediacion y peritos, tasa de justicia sino se pago, etc
 #1090235  por Devronn
 
Gracias a ambos por sus respuestas!
Les comento que el acuerdo está todo encaminado, pero el actor sigue demorando la firma (suma intereses y honorarios a la vez). Estamos desde enero en tratativas con esto.
¿Ven alguna solución al respecto? ¿Presento algo en el juzgado proponiendo el acuerdo? No quiero allanarme porque ello conllevaría que mi cliente se haga cargo de las costas y honorarios de otro co-demandado con quien se arregló que no se le abonaría ningún gasto..

gracias y saludos!
 #1090316  por andresxeneizes
 
Les comento que el acuerdo está todo encaminado, pero el actor sigue demorando la firma (suma intereses y honorarios a la vez). Estamos desde enero en tratativas con esto.
en la practica si se acepta un numero por un acuerdo, lo que tarda el actor en firmar no genera intereses, intereses se genera si hay sentencia
¿Ven alguna solución al respecto? ¿Presento algo en el juzgado proponiendo el acuerdo?
sino firman el acuerdo, que sigan el juicio hasta la sentencia
 #1091809  por Leacorolla
 
Queridos colegas, les escribo en éste foro porque tengo una circunstancia que contiene algunas similitudes con las dudas expresadas por el colega.
Hace más de un año inicié la demanda para la homologación -en provincia de buenos aires- del convenio alcanzado por las partes con una compañía de seguro. Tuve vista a la Asesora de Incapaces ya que el damnificado era menor al momento del accidente. Hoy ya es mayor de edad pero sigue en estado de coma así que no puedo contar con su capacidad.
Entre tantas idas y vueltas ha pasado suficiente tiempo como para que Acuerde nuevamente con la compañía de seguros y actualizar la suma original según algún que otro índice.
Ahora bien, quiero plasmar en una sola audiencia solicitada por mi TODO, para que de una vez por todas acepten en el Juzgado y procedan a la homologación y orden de pago tanto del monto original como de la actualización.
Si bien no lo van a poder cobrar los padres ya que van a tener que iniciar la curatela por sobre el hijo que ya es mayor de edad pero sigue inconciente; dejaría solucionada la primera parte de éste embrollo.

La consulta es la siguiente: ¿en los términos de que art. sugieren que solicite dicha audiencia?


Muchas gracias por el tiempo de lectura y desde ya, por las potenciales respuestas.