Hola Colegas! Pregunto desde mi ignorancia en temas laborales, e incursiono en ellos ya que la vida profesional me lleva por allí y discúlpenme si pregunto obviedades. Caso: Relación laboral en negro. Empleada doméstica sin registrar. Despedida sin causa. Se enviaron sendas CD intimando. Se recibieron contestaciones negando la relación laboral por completo. Entiendo que corresponde aplicar arts 48/50 de Ley 26.844, verdad? Me comuniqué con la abogada de la empleadora y negó toda relación nuevamente. A partir de allí saque turno en SECLO. Pregunto: Es posible que exista una instancia de conciliación exclusiva en Capital Federal para el servicio doméstico? Cómo notifico a la empleadora del turno? Lo hace el SECLO? Debo hacerlo yo? por favor desasnenme! Gracias!
Hola Patricio,
No, esta mal lo que hiciste! Nada de SECLO (dalo de baja), tenes que presentar demanda en Trib de Servicio Domestico por Ley 26.844 (Callao al 100) y te dan turno.
Saludos, Martin