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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1088894  por Tejedor
 
Colegas, tengo el siguiente caso: Un trabajador de una aserradero se corto el primer falange de los dedos indice y mayor, el empleador hizo la denuncia a la ART, y esta le esta cumpliendo todas las prestaciones medicas. Me parece que ya le falta poco para que le den de alta, por q ya estan cicatrizadas las heridas de la amputaciones y no tiene dolor.
Mi pregunta es que me aconsejan hacer?? Por q en accidentes de trabajo no tengo experiencia. He estado estudiando pero veo que es complicado el tema,
Espero que le den el alta y que la comision medica le fije porcentaje de incapacidad?? En caso le hago cobrar el cheque que le entregue la ART.?? Y luego reclamo judicialmente pidiendo inscontitucionalidad.
O no lo dejo que cobre el cheque de la ART.
Como esta funcionando la opcion excluyente de la nueva Ley 26773.Espero su ayuda ,, Gracias
 #1089585  por DRA. MACA
 
Tejedor escribió:Colegas, tengo el siguiente caso: Un trabajador de una aserradero se corto el primer falange de los dedos indice y mayor, el empleador hizo la denuncia a la ART, y esta le esta cumpliendo todas las prestaciones medicas. Me parece que ya le falta poco para que le den de alta, por q ya estan cicatrizadas las heridas de la amputaciones y no tiene dolor.
Mi pregunta es que me aconsejan hacer?? Por q en accidentes de trabajo no tengo experiencia. He estado estudiando pero veo que es complicado el tema,
Espero que le den el alta y que la comision medica le fije porcentaje de incapacidad?? En caso le hago cobrar el cheque que le entregue la ART.?? Y luego reclamo judicialmente pidiendo inscontitucionalidad.
O no lo dejo que cobre el cheque de la ART.
Como esta funcionando la opcion excluyente de la nueva Ley 26773.Espero su ayuda ,, Gracias
Primero, que firme en disconformidad el alta, que importa si no tiene dolor, las falanges ya las perdió.. Que cheque? Compartí el caso con un colega especializado en esta rama.
 #1089596  por DRA. MACA
 
No.

Si es en capital sacá seclo, no hace falta ir a la CM. Provincia Idem, sin seclo demanda. Es materia del PM el cálculo, hacé estimativo mas el 20% Psicológico.