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  • RECURSO DE APELACION CONCEDIDO LIBREMENTE

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 #1089628  por natalia982
 
HOLA
EN UN CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL ME CONCEDIROEN UN RECURSO LIBREMENTE....PASA A CAMARA Y AHI ME NOTIFICAN PARA EXPRESAR AGRAVIOS NO???
 #1089694  por abogado_1987
 
natalia982 escribió:HOLA
EN UN CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL ME CONCEDIROEN UN RECURSO LIBREMENTE....PASA A CAMARA Y AHI ME NOTIFICAN PARA EXPRESAR AGRAVIOS NO???
depende del criterio de la sala
para algunas salas es carga de la parte notificar

“Buenos Aires, de de . A los efectos de los articulos 259 y 260 y bajo el apercibimiento establecido en el art. 266 del Código Procesal, coloquense los autos en Secretaría por el plazo de cinco dias. Notifiquese. Fdo. ......”

"Buenos Aires, de de .- MGS (fs. .... ) Pasen los autos a Secretaría a los fines previstos en el art. 259 del Código Procesal en el presente y en su acumulado. Notifíquese por Secretaría. - ...."
 #1089752  por abogado_1987
 
Squonk escribió:Tal cual.
Gracias por la observación.
Entiendo que hay que ir siguiendo el expte. hasta que sube y sale este proveido
Hola Squonk, de nada, como siempre es un gusto leer tus respuestas,
me sucedió que gano juicio en 1era instancia,
apela la demandada, se eleva a cámara, voy a la sala y había un cartel
que decía que las cédulas del 259 eran carga de las partes,
el abogado de la demandada se quedó esperando las cédulas del 259,
esperé tres meses y acusé caducidad de 2da instancia con resultado positivo

Saludos
 #1089759  por Squonk
 
Gracias.
A veces uno contesta automáticamente y pensando que la consultante ya sabe todo eso y puede ser que no lo sepa. Por eso está muy bien la observación.
Que suerte lo de la caducidad de la segunda instancia!
Cosa juzgada y a ejecutar la sentencia.
Así se hace!
 #1089854  por natalia982
 
muchas gracias!!! si..sigo el expediente...pero una pregunta leyendo sus respuestas...si va a camara y dice notifiquese y a la que tienen que notificar de expresar los agravios es a mi , ya que yo presente el recurso...quien hace esa cedula'?? si la inetersada en presentar los agravios soy yo.....
 #1089978  por Squonk
 
Porque la contraria tiene que estar notificada del auto que dispone que el expte. está en secretaría para expresar agravios, y luego tiene que contestar el traslado de tus agravios, traslado este, que le será notificado por nota