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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1089708  por draines
 
Hola les consulto este tema ya que es la primera vez que se me presenta un caso en el cual este Sr. que cumplio 65 años en septiembre 2014, tiene inscripcion como monotributo 14- trabajador independiente activo. Dicha inscripcion es de enero de 2011 es decir 4 años y 3 meses. El sicam por todo este periodo arroja deuda.Todo el periodo sale en sijip. Una opcion sería comprar los 30 años con la nueva moratoria y aplicarle a todo el periodo de monotributo el beneficio art. 34 ley 26565 y dejar el periodo en 0 pero no se si pasara el socioeconomico, si bien se puede intentar. La otra sería saldar esta deuda y comprar el resto con la moratoria anterior hasta septiembre 1993 y le darian los 30 años, en este ultimo caso como saldar la deuda por cada periodo? formulario 155 tanto para capital como para intereses segun prev-19-05 ? Es acertado el análisis?, seria conveniente primero intentar por la nueva moratoria. Gracias.Un saludo
 #1089758  por MARIO1943
 
draines escribió:Hola les consulto este tema ya que es la primera vez que se me presenta un caso en el cual este Sr. que cumplio 65 años en septiembre 2014, tiene inscripcion como monotributo 14- trabajador independiente activo. Dicha inscripcion es de enero de 2011 es decir 4 años y 3 meses. El sicam por todo este periodo arroja deuda.Todo el periodo sale en sijip. Una opcion sería comprar los 30 años con la nueva moratoria y aplicarle a todo el periodo de monotributo el beneficio art. 34 ley 26565 y dejar el periodo en 0 pero no se si pasara el socioeconomico, si bien se puede intentar. La otra sería saldar esta deuda y comprar el resto con la moratoria anterior hasta septiembre 1993 y le darian los 30 años, en este ultimo caso como saldar la deuda por cada periodo? formulario 155 tanto para capital como para intereses segun prev-19-05 ? Es acertado el análisis?, seria conveniente primero intentar por la nueva moratoria. Gracias.Un saludo
1)HACELO POR LA 26970, ESOS PERIODOS LO RENUNCIAS CON ART 1 LEY 25321
2) ES MUY CARO PAGAR ESOS PERIODOS Y HACERLO POR LA 24476
 #1089825  por draines
 
Gracias Mario por tu respuesta, al aplicar el art. 1 ley 25321 el sistema no me lo permite me dice art. 34 ley 26565. Es igualmente una renuncia porque los periodos aparecen en 0 y no suman como aportes. Gracias.