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  • PENSION POR FALLECIMIENTO DE VETERANO DE GUERRA

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1089977  por DraNSF
 
Buenos días!!! estoy metida en un embrollo... el tema es el siguiente:
a) Mi clienta, concubina del hombre que falleció durante varios años, se separó de este por un lapso, debido a malos tratos y demás... ambos tienen un hijo en común. El Señor se casó con una sra. de otra nacionalidad, con la cual jamás convivió, con el fin de darle la nacionalidad, la misma lo golpeaba y trataba demasiado mal. Es así que este hombre fallece, y su esposa el mismo día tiene un hijo que es reconocido por otra persona, que era con quien realmente esta vivía.
b) Luego del fallecimiento: a) mi clienta inicia los trámites a fin de que su hijo menor cobre la pensión por fallecimiento de su padre, a la vez también los inicia la "viuda", la pensión sale a favor de ambos...

Ahora bien, cabrá la posibilidad de que esta "viuda" deje de cobrar... y la pensión pase a la concubina....??? ellos cobran tanto en provincia como en nación...

Necesito alguien que esté en el tema y tenga ganas de colaborar conmigo... desde ya infinitas gracias.-
 #1089984  por coraso
 
Buen dia, a mi entender no. Por el hecho de estar casados, no podria juzgarse luego del fallecimiento el matrimonio. Es decir, la unica posibilidad hubiera sido que se divorcien, pero si ellos no lo hicieron mal podria plantearse luego del fallecimiento.
Saludos
 #1090017  por DraNSF
 
Gracias por la respuesta coraso, estuve leyendo pero la verdad no le encuentro la vuelta, en el centro de veteranos le dijeron a mi clienta que vaya a ver un abogado porque la situación se podría revertir
 #1090018  por DraNSF
 
Gracias por la respuesta coraso, estuve leyendo pero la verdad no le encuentro la vuelta, en el centro de veteranos le dijeron a mi clienta que vaya a ver un abogado porque la situación se podría revertir
 #1090061  por periquita
 
Dirección General de Cultura y Educación ni al Instituto de Previsión Social.

Si el hijo de la sra. de otra nacionallidad está reconocido por otro podría demostrarse que el matrimonio no convivía. Hay que ver qué elementos de prueba podés conseguir (dirección en los documentos, en impuestos y servicios, etc.)

Más viable es que si conseguís desplazar a la sra. extranjera la pensión la cobre toda el hijo -aunque sea por unos años- y no la concubina.

Saludos
 #1090062  por periquita
 
periquita escribió:
Si el hijo de la sra. de otra nacionallidad está reconocido por otro podría demostrarse que el matrimonio no convivía. Hay que ver qué elementos de prueba podés conseguir (dirección distinta en los documentos, en impuestos y servicios, etc.)

Más viable es que si conseguís desplazar a la sra. extranjera, la pensión la cobre toda el hijo -aunque sea por unos años- y no la concubina.

Saludos