Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • GANE JUICIO Y ME INTIMAN AL PAGO DE TASA!

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #1089682  por martins
 
Demanda por juicio ordinaria en fuero comercial en Capital. Soy letrado de la actora, la causa se inicio con beneficio, pero como la sentencia fue favorable no lo continué, puesto que la demanda es la responsable de las costas. Ahora el juzgado intima al actor (mi cliente) a abonar la tasa de justicia bajo apercibimiento de multas. Consulta: Puedo apelar esto? El obligado al pago de la tasa de justicia no debe ser el demandado perdidoso? Gracias.-
 #1089695  por legalescom
 
Dispone la acordada la Corte 20/92 en su art. 6°) En las notas de elevación de las causas a la cámara para el trámite del recurso de apelación, el secretario o prosecretario administrativo deberá dejarconstancia del pago de la tasa judicial.
A su vez, las respectivas cámaras de apelaciones deberán controlar el cumplimiento de esta exigencia.

Seguro que, el expediente, está para ser elevado a Cámara. Después en su oportunidad, cuando practiques liquidación, la tasa, la incorporarás en la misma para que te sea reintegrada por la demandada. No debiste haber abandonado el beneficio de litigar sin gastos, salvo, que lo puedas continuar ahora y suspender el principal.
 #1089958  por andresxeneizes
 
continua el beneficio y en el principal plantea la revocatoria con apelacion en subsidio diciendo que las costas ya estan impuestas a la otra parte y por ende es la condenada en costas quien debe pagar la tasa (no es muy serio, pero ganas tiempo porque va a ir a camara con esto y con la cuestion principal y para cuando vuelva tenes sentencia firme)
 #1090065  por martins
 
andresxeneizes escribió:continua el beneficio y en el principal plantea la revocatoria con apelacion en subsidio diciendo que las costas ya estan impuestas a la otra parte y por ende es la condenada en costas quien debe pagar la tasa (no es muy serio, pero ganas tiempo porque va a ir a camara con esto y con la cuestion principal y para cuando vuelva tenes sentencia firme)
Gracias andres. EL beneficio caduco, la caducidad la dicto de oficio el tribunal, el demandado ni se presento en el BLSG. Plantee la revocatoria con apelacion en subsidio diciendo lo mismo. La sentencia esta firme, el expte esta en camara por los honorarios.-