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  • Inscripción pre partición? Preguntonta

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 #1090103  por Vyctoria
 
Hola
Les solicito si me dan su opinión en este tema, que es causa propia.

Sucesión: acervo con 1 inmueble y 1 vehiculo; herederos: dos hermanos. (una soy yo)

La relación es pésima. El tema es que hace poquito, en una reunión familiar comenté (en relación a la sucesión) que yo planeo hacer partición extrajudicial y/o poner en venta la casa, pero:
:arrow: ----Hoy entré al MEV y me encuentro con que el apoderado del otro heredero (herman) solicitó la inscripción.

Es como que salió corriendo a solicitar la inscripción.
La pregunta es: En qué podría afectar la inscripción para hacer después la partición?

Gracias

*flor*
 #1090105  por abogado_1987
 
Vyctoria escribió:Hola
Les solicito si me dan su opinión en este tema, que es causa propia.

Sucesión: acervo con 1 inmueble y 1 vehiculo; herederos: dos hermanos. (una soy yo)

La relación es pésima. El tema es que hace poquito, en una reunión familiar comenté (en relación a la sucesión) que yo planeo hacer partición extrajudicial y/o poner en venta la casa, pero:
:arrow: ----Hoy entré al MEV y me encuentro con que el apoderado del otro heredero (herman) solicitó la inscripción.

Es como que salió corriendo a solicitar la inscripción.
La pregunta es: En qué podría afectar la inscripción para hacer después la partición?

Gracias

*flor*
tené presente >

“... La propia Corte Suprema de Justicia in re “Gauna, Juan y otros s/competencia” ha dado sólida base a la doctrina contraria al sostener, haciendo suyo el dictamen de l Procurador General de la Nación, que "la inscripción de la correspondiente declaratoria de herederos o el testamento en el Registro de la Propiedad Inmueble no produce el cese de la indivisión hereditaria, que solo ocurre mediante la partición de los bienes, debidamente inscripta (el subrayado me pertenece)". Dichas declaraciones vinieron a avalar a quienes ya antes sostenían tal concepción, a la que de mi parte adhiero. Antes de la partición la indivisión hereditaria subsiste, sin que la altere la inscripción de la declaratoria, que por sí sola no constituye, ni transmite, ni modifica ni declara derechos reales sobre inmuebles. La inscripción no implica adjudicación de inmuebles en condominio, sino simplemente exteriorización de la indivisión, publicidad y medio de oponibilidad de ella a terceros (art. 2, ley 17.801)...”

http://www.pjn.gov.ar/Publicaciones/00011/00043633.Pdf


en el mismo sentido >

“... Esta teoría ha sido receptada jurisprudencialmente por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en varios casos, por ejemplo en los autos "Codevilla, Victor y otros c. Ayelli, Enrique A. y otros s/división de condominio" fallo del 13 de agosto de 1998, estableciendo que: "La inscripción de la declaratoria de herederos en el Registro de la Propiedad Inmueble no produce el cese de la indivisión hereditaria, el que sólo ocurre mediante la partición de los bienes debidamente inscripta." Si bien este fallo le agrega a la Partición el aditamento, a nuestro entender supérfluo, de la inscripción registral, consideramos que resume muchos fallos de distintos tribunales que fueron adoptando de manera firme y consecutiva esta teoría de que sólo la Partición de Bienes pone fina la comunidad hereditaria (por ej. CNCiv., sala E, autos "Moutier Aldao, Carlos E. c. Jero Suque, s/Suces; CNCiv., sala C, Autos "Mohamed Alzaga de Sanchez, Josefina s/Sucesión; CNCiv., sala F, año 2004, autos "Labayru c. Registro de la Prop. Inm. de Cap Fed", entre muchos otros)...”
 #1090112  por Vyctoria
 
Abogado 1987, mil, mil gracias!!!

*flor*
Es que me da como ceguera jurídica con este tema en particular.

Yo había intimado mediante CD por canon locativo (pero aun no inicié incidente) y por otros bienes no presentados en el acervo, y otro temor es que la declaración "jurada" me juegue en contra si tengo que accionar por simulación.

En cuanto a la inscripción de estos dos bienes en particular, si los porcentajes estén correctos, ¿incide en algo que lo haga el apoderado de ella? ¿yo tendría que prestar conformidad", no ?

(pido disculpas, en algunos temas sí que estoy floja de conocimiento aunque tengo expedientes enteros fotocopiados, pero en los que se hicieron los informes e inscripciones con un solo abogado)

Gracias

*suerte*
 #1090125  por abogado_1987
 
Vyctoria escribió:Abogado 1987, mil, mil gracias!!!

*flor*
Es que me da como ceguera jurídica con este tema en particular.

Yo había intimado mediante CD por canon locativo (pero aun no inicié incidente) y por otros bienes no presentados en el acervo, y otro temor es que la declaración "jurada" me juegue en contra si tengo que accionar por simulación.

En cuanto a la inscripción de estos dos bienes en particular, si los porcentajes estén correctos, ¿incide en algo que lo haga el apoderado de ella? ¿yo tendría que prestar conformidad", no ?

(pido disculpas, en algunos temas sí que estoy floja de conocimiento aunque tengo expedientes enteros fotocopiados, pero en los que se hicieron los informes e inscripciones con un solo abogado)

Gracias

*suerte*
¿tramita en CABA o en prov. Baires?

¿actúas como abogada en causa propia?
 #1090145  por mcnulty
 
Vyctoria escribió:En cuanto a la inscripción de estos dos bienes en particular, si los porcentajes estén correctos, ¿incide en algo que lo haga el apoderado de ella? ¿yo tendría que prestar conformidad", no ?
Para que el juez ordene la inscrpción de la DH con respecto a un bien determinado debe contar con la conformidad de todos los que fueron declarados herederos .