DraSabri escribió:ok perfecto !
la planilla 3003 se libra luego de iniciado? si la confecciono yo, si se confronta (generalmente lo sellan en el momento en mesa de entradas, no es frecuente el confronte) y luego diligencio? (puerta 1038 subsuelo del palacio con una estampilla de $ 10 (sin pegar en el formulario) Banco Ciudad, planta baja del palacio ) o sale x el juzgado? ---en pcia la libran electronica ahora, y la acompaño con el inicio, por eso veo que es distinto...
como pauta de un 1er auto
Buenos Aires, ... de junio de .....-
Autos y Vistos:
Por presentado, parte y por constituido el domicilio en
....................
En atención a lo que resulta de la documentación
acompañada y lo dispuesto por el art. 699 del Código Procesal,
encontrándose comprobada la defunción de ................,
declárese abierto su juicio sucesorio “ab-intestato”,
debiéndose publicar edictos por tres días en el Boletín Oficial, citando
a sus herederos y acreedores por el plazo de treinta días a los efectos
de que hagan valer sus derechos.
A esos fines, toda vez que este Tribunal implementa la
publicación de edictos via e-mail, conforme lo establecido por la Corte
Suprema de Justicia de la Nación y la Secretaria Legal y Técnica de la
Presidencia de la Nación, informo a los profesionales que la
publicación se realizará de la siguiente manera: a) el Juzgado
confeccionará el edicto y lo enviará electrónicamente a la Dirección
Nacional del Registro Oficial (BORA). b) Una vez recepcionado en
dicho organismo, el profesional y/o quien éste designe deberá
concurrir a abonar el arancel por la publicación respectiva, para lo cual
cuenta con CUATRO sedes del Boletín Oficial en esta ciudad ( Av.
Corrientes 1441 (10 a 15:45 hs.), Libertad 469 (8:30 a 14:30 hs.),
Suipacha 767 (11:30 a 16 hs.) y Viamonte 1549 P.B. (12 a 17 hs.)). C)
A partir del cuarto día se iniciará la publicación del edicto por un lapso
de tres días consecutivos. d) Al día siguiente de la última publicación,
el organismo remitirá electrónicamente al Juzgado las constancias
respectivas, las que serán incorporadas al expediente a los fines de dar
cumplimiento con lo dispuesto por el art. 146 del CPCCN.
Previo a todo, hago saber que no se librará el e-mail de
referencia hasta tanto se acompañe la constancia de diligenciamiento
del formulario previsto en el decreto ley 3003/56.
Líbrese oficio al Registro de Actos de Última Voluntad del
Colegio de Escribanos a fin de que informe si existe testamento
alguno a nombre del aquí causante.
Asimismo, líbrese oficio al Colegio Público de Abogados
a fin de que informe si existe testamento ológrafo alguno a nombre del
aquí causante.
Téngase presente la autorización conferida y hágase saber
que las intervenciones de los autorizados importarán la notificación
del estado del proceso.
Agréguese el bono fijo de ley.-
............................. . Juez.