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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1089990  por DraRamos
 
Estimados:

Tengo que homologar un convenio de alimentos. Necesito que, por favor, me confirmen lo siguiente:

No seria necesario certificar firmas dado que se va a homologar judicialmente.
Cuantas copias debo hacer? Una para cada parte y una tercera para presentar en el expediente?
Una vez homologado se solicita una copia del testimonio para cada uno verdad?

Como solo tengo matricula en Capital, si el alimentado tiene domicilio en Pcia. (esto no lo pregunte al cliente aun) como hago para traerlo a homologar a Capital?
Un solo abogado puede presentar el convenio a homologar?
Mi cliente es el padre y quisiera saber cual es el porcentaje en la practica que suele pactarse mas entregar a la madre los salarios familiares.
Esta bien cobrar el equivalente a una cuota de honorarios?
Disculpen que sean tantas preguntas. Es el primero que recibo. Saludos.
 #1090183  por DrOcto
 
Hola! A ver...
1) No es necesario certificar firmas puesto que una vez iniciado el proceso se cita a las partes para que comparezcan a reconocer firmas bajo apercibimiento de tenerlas por reconocidas.
2) Hace dos copias, y presentalas junto con el original, para que de esa manera te certifiquen una de ellas que será incorporada al expediente, te devuelven el original, y para que corras traslado a la otra parte con la copia del convenio.
3) Lo de la competencia no sabría decirte porque no soy de Buenos Aires, fijate en el Código Procesal de ahí. Pero si tienen buena relacion las partes del convenio, podrías hacer una prórroga tácita y presentarlo en Capital, para que de esa manera no oponga excepción de incompetencia la madre del alimentado y así se perpetúe la competencia en donde vos estás. O si no hicieron el convenio, pueden poner una cláusula de competencia expresa.
4)Si, sólo un abogado puede presentarlo, y de hecho puede que la otra parte nunca comparezca.
5) Con respecto a los honorarios depende de tu criterio: puedes esperar la regulación de honorarios correspondiente, o bien puedes pactar el valor de una cuota alimentaria, o bien el valor de una consulta escrita que fije tu colegio de abogados. En lo personal yo creo que tiene que guardar relación, me pasó que vino un cliente que pasaba 20 mil de cuota alimentaria, era excesivo cobrarle eso por un proceso que es sumamente sencillo, máxime teniendo en cuenta que es muy buen cliente, por lo tanto le cobré el valor de una consulta escrita (2 mil).

Espero te sirva, saludos