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  • Art 1 Ley 25321 y periodo pago

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1090196  por Alejandra Radua
 
Buenas tardes. Hoy cerré un sicam aplicándole al periodo 3/2015 el art 1 ya que mañana tengo turno y la sra no lo iba a abonar.
Me llamó hace un rato que se equivocó y el viernes pagó el mes.
En caso que impacte y figure como pago un mes al que se le aplico el art 1, me toman el plan?
El inicio es en la Udai Liniers.
 #1090198  por MARIO1943
 
CUAL ES EL PROBLEMA? ,EL SICAM A LA FECHA D E LIQUIDACION ARROJABA DEUDA, ADEMAS ES SOLO A EFECTOS PREVISIONAL, ELLA LO TIENE QUE PAGAR, YA QUE AFIP S E LO PUEDE RECLAMAR, POR MAS QUE EN EL SICAM FIGURA RENUNCIADO NO HAY NADA ESTIPULADO SOBRE LA RENUNCIA DE PERIODOS PAGOS, LA UNICA RESTRICCION ES LA PRESCRIPCION
 #1090205  por Alejandra Radua
 
Gracias Mario.
Pensé que no se podía renunciar a períodos pagos.
Tal vez, me confundí con el art. 3 que no se aplica a períodos pagos.
 #1090274  por JUANJOSE47
 
Alejandra Radua escribió:Gracias Mario.
Pensé que no se podía renunciar a períodos pagos.
Tal vez, me confundí con el art. 3 que no se aplica a períodos pagos.
Si por error renunciamos a periodos pagos y los que quedan alcanzan para solicitar
la prestación no hay ningún problema
Saludos