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  • REVOCACION DONACION POR INGRATITUD?

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 #1090267  por lolalp
 
HOLA ESTIMADOS COLEGAS, quisiera saber si alguno de ustedes ha realizado una demanda por revocación de donación por ingratitud,EL TEMA ES ASI:
HACE APROX 3 AÑOS MI CLIENTE REALIZA A FAVOR DE SU CÓNYUGE UNA CESIÓN DE SU PROPIEDAD EN FORMA GRATUITA, POR EL 50% DE LA MISMA, NO SE REGISTRARON LAS FIRMAS ANTE ESCRIBANO
HACE UNO AÑO Y MESES REALIZO A FAVOR DEL HIJO DE SU CÓNYUGE EN FORMA GRATUITA EL 50% RESTANTE DE SU PROPIEDAD,EN EL MISMO ACTO SU CÓNYUGE LE CEDE A SU HIJO EL 50% OPORTUNAMENTE CEDIDO POR MI CLIENTE A ELLA, NUNCA TOMO INTERVENCIÓN ESCRIBANO ALGUNO.-
AHORA BIEN: EN SU MOMENTO PLANTEE LA NULIDAD DEL MATRIMONIO POR CUESTIÓN DE LIGAMEN ( YA QUE LA SRA. MANTENÍA VIGENTE UN MATRIMONIO CONTRAÍDO EN PERU, POR LO QUE HACE UN MES SE DICTA SENTENCIA A FAVOR DE MI CLIENTE...SE Y SE ANULA EL MATRIMONIO CONTRAÍDO EN ARGENTINA...
MI CLIENTE ANTE LOS HECHOS MENCIONADOS QUIERE RECOBRAR SU PROPIEDAD..Y ATENTO A QUE LAS CESIONES FUERON A TITULO GRATUITO, SE RIGEN POR LAS REGLAS DE LA DONACIÓN...
POR LO EXPUESTO SI ALGUIEN CUENTA CON JURISPRUDENCIA SOBRE EL TEMA Y/O OTRO DATO QUE ME PUEDA SER ÚTIL... SE AGRACEDE
 #1090269  por legalescom
 
Es más, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil rechazó la homologación de un compromiso de donación futura que las partes formularon al tiempo de pactar la forma de liquidar la sociedad conyugal, debido a que entendieron que la promesa de hacer una donación no obliga al que la hace ni a sus herederos, a raíz de que la donación de inmuebles es un contrato solemne de solemnidad absoluta, por lo que la hecha en instrumento privado es nula y no da acción para obtener el otorgamiento de la escritura pública.
 #1090286  por lolalp
 
hola legalescom,...gracias por responderme...Le parece que la funde en FFalta de causa?.gracias
 #1090498  por lolalp
 
hola santiheladero... le comento que el Sr. solo tiene un boleto de compra venta del terreno, con posterioridad se edifico sobre el mismo.
en cuanto a la donación entre cónyuges es así como ud dice... mas en este caso , al salir la sentencia de nulidad a la fecha de unión civil y siendo esta anterior a la cesión hecha por mi cliente.. seria no ya entre conyuges... Le agradezco su colaboración ....