Buenas tardes colegas:
Tengo la siguiente interrogante: un Juzgado de Faltas de un ciudad multó a una persona que conducía un automotor y cometió una infracción de tránsito. El vehículo que conducía no era de su propiedad. El Juez de Faltas dictó la sentencia condenatoria y notificó al conductor (ya que fue quien manejaba y quien dio sus datos al funcionario que labró el acta de infracción). Sin embargo, cuando la Municipalidad inicia a ejecución de la sentencia, solicitan el embargo el automotor que iba conduciendo. El titular registral ahora consulta qué puede hacer.
Mi duda está en que si bien la multa se la hicieron al que conducía el vehículo, se supone que el funcionario público, que labró el acta de infracción, le requirió la cédula verde o la azul. Si no hubiera tenido alguna de las dos, no le hubiera permitido seguir conduciendo y le hubiera secuestrado el rodado. Por ese motivo, si bien le embargan el rodado al titular, éste no creo que pueda aducir mucho ya que como mínimo tenía su autorización (ya que el auto no fue secuestrado).
Lo que se me ocurre es que antes de seguir con la ejecución de la sentencia, la Municipalidad no debería intimar al pago al titular del rodado?
Creo que no le queda mucho más que arreglar el pago con el conductor, ya que el embargo lo afecta al titular del vehículo.
Uds. qué opinan? les ha sucedido algo parecido con algún cliente?
Muchas gracias a todos.
HerSan
Tengo la siguiente interrogante: un Juzgado de Faltas de un ciudad multó a una persona que conducía un automotor y cometió una infracción de tránsito. El vehículo que conducía no era de su propiedad. El Juez de Faltas dictó la sentencia condenatoria y notificó al conductor (ya que fue quien manejaba y quien dio sus datos al funcionario que labró el acta de infracción). Sin embargo, cuando la Municipalidad inicia a ejecución de la sentencia, solicitan el embargo el automotor que iba conduciendo. El titular registral ahora consulta qué puede hacer.
Mi duda está en que si bien la multa se la hicieron al que conducía el vehículo, se supone que el funcionario público, que labró el acta de infracción, le requirió la cédula verde o la azul. Si no hubiera tenido alguna de las dos, no le hubiera permitido seguir conduciendo y le hubiera secuestrado el rodado. Por ese motivo, si bien le embargan el rodado al titular, éste no creo que pueda aducir mucho ya que como mínimo tenía su autorización (ya que el auto no fue secuestrado).
Lo que se me ocurre es que antes de seguir con la ejecución de la sentencia, la Municipalidad no debería intimar al pago al titular del rodado?
Creo que no le queda mucho más que arreglar el pago con el conductor, ya que el embargo lo afecta al titular del vehículo.
Uds. qué opinan? les ha sucedido algo parecido con algún cliente?
Muchas gracias a todos.
HerSan