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  • AUXILIO!!! ESTIMADOS COLEGAS TRABAJADORA EN NEGRO - DESALOJO

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #109082  por glexius
 
Hola estimados colegas soy neofito en el foro y en las lides abogadiles, hace tiempo me nutro de jurisprudentes como SAILAW, MORGAN, y muchas Drasy Dres, que aportan desinteresadamente su sapiencia para guiar a los como quien suscribe por las procelosas aguas del derecho
Tengo una duda existencial que de seguro algun jurispudente puede aclararme. Una cliente me vino a ver pq trabajaba en negro hacia 4 años cuidando una casa, como retribución la dejaba vivir ahi con su flia, y le tiraba unos pocos pesos, ante esto hice los pasos 24013( via telegrama) notificando tb al afip, esto fue el 10 noviembre 2008, el 16 de noviembre es contestada negando relacion, y solicitando se vayan de la casa bajo apercibimiento de iniciar desalojo.
Ante esto no la di por despedida (quizas mi error), hoy le llego la demanda civil de desalojo, por lo que tengo 10 dias para contestar, mi pregunta es la siguiente la puedo dar por despedida ahora???, perdi la oportunidad???, cuanto tiempo una vez de negada la relacion laboral tengo para darla por despedida(despido indirecto)???. Aclaro la demanda de desalojo la presentaron los primeros dias de diciembre.
PD: hace tiempo leo el foro pero viendo la sabiduria que prodigan jurispurdentes como SAILAW MORGAN y otras muchas Dras y Dres, es que me parecio un atrevimiento intervenir, pero cuando pueda y mis conocimientos me lo permitan e de aportar mi granito de arena a tan loable causa. Desde ya muchas gracias y disculpen lo extenso, es mi primera vez que escribo en foro alguno, desde ya MUCHAS GRACIAS.-

 #109085  por DAL
 
Hola, bienvenido al foro!!!

Con el tema laboral, en el mejor de los casos, tampoco se puede parar mucho el desalojo, ya que la ley procesal laboral, en mi provincia, tiene un procedimiento más corto de desalojo que la ley procesal civil.

El desalojo, en definitiva no es el lugar para discutir si hay o no hay relación laboral.

Segui con la via laboral para cobrar las indemnizaciones.

Fijate que a primera vista se me puede ocurrir estatuto domestico, pero hay que ver si realiza tareas POR FUERA de la vivienda que habita, para encuadrarla como una relación laboral. Es decir, vigilancia activa, cuidado del predio, limpieza de la casa no habitada, etc.

Andá analizando esto y vamos viendo.

 #109102  por glexius
 
Muchismas gracias por darme la bienvenida DAL, de vos nobleza obliga tambien e aprendido mucho, ya hace meses lei entre otras en hilo social tus comienzos, asi que valoro muchos tus aportes no te nombre, porque no recordaba tu id pensaba en la rosarina, de la cual tanto saque en cuanto a la confeccion de los telegramas. Te molesto otra vez hay algun tiempo para darla por injuriada y despedida (despido indirecto) una vez que pasan los 30 dias y no contestan, o contestan negando relacion laboral, no hay ningun tiempo de preclusion te le pregunto para no meter la pata en el futuro¿¿¿¿?????, desde ya muchas gracias, de vos sailaw, del que tiene avatar bart simpons, ultimamente de morgan he aprendido conocimientos practicos que por mas que sea un raton de biblioteca no habria aprendido jamas MUCHISIMAS GRACIAS

 #109318  por MORGAN
 
No se que tipo de relación habras referido en el telegrama que enviaste, si alegaste que la categoría era de "casero", eso entra en el decreto 326/56 y por lo tanto no funciona la Ley 24013. Respecto del desalojo vas a tener que contestar la demanda y oponer la excepción de falta de legitimación pasiva no hay obligación de restituir el inmueble aún está vigente la relación laboral.