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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1090796  por NORAESTELA
 
Hola Colegas,
Mañana tengo una audiencia del art. 80LO.
Si no hay acuerdo, las partes deberán reconocer o desconocer la documentacion, el tema es que la demanda fue contestada por el apoderado de la empresa (que es el abogado que atiende el juicio) tiene poder para hacerlo, y el poder dice poder general para asuntos judiciales, facultandolo para todo, conciliar demandas, cotejos de documentos, reconocer o desconocer docuemtnos o firmas de la mandante, etc.
Pregunto, a partir de este poder debería entonces aceptar como válido el reconocimiento o desconocimiento de la documental? en ese caso no rige el apercibimiento por no presentarse el representante legal?
 #1090825  por andresxeneizes
 
ojeando la LO, para reconocimiento de documental (art 82 LO), no dice que tiene que si o si reconocer o negar el representante legal de la persona juridica, como si pasa con la confesional