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 #1092122  por estudio61
 
Buenas tardes foristas! los molesto por lo siguiente: represento a la actora y dictaron este preveido: "Sin perjuicio de lo obrado en autos a su respecto a partir de fs. .... Habiendo quedado sin resolver lo peticionado en acta de fs. ... corresponde subsanar dicha involuntaria omision y en consecuencia de conformidad con lo alli pedido, no habiendo el actor comparecido a la audiencia preliminar convocada en autos de la que se hallaba notificado ( ver fs. suscripcion de fs. ... art 133 CPCC). en virtud de lo prescripto por el art. 842 CPCC, ante la incomparencia del actor a la audiencia preliminar convocada , ni habiendo acreditado justa causa para dicha incomparencia corresponde tenerlo por desistido del presente proceso con costas a s uc argo ( art. 69 y conc CPC). Notifiquese."
La verdad es que cometi el grave error de notificar a la demandada y no concurrir a la audiencia por problemas personales.
Estoy verdaderamente preocupada, ademas de sentirme plenamente responsable por mi cliente porque en verdad esta a cargo de sus hijos y los mismos ante la asesora manifestaron no querer estar con su madre por varios motivos.
Necesitaria que me ayuden en este grave problema, ya que por lo que estuve leyendo, los recursos serian ante el mismo juez que dicto el proveido y luego solo la Corte.
Muchas Gracias!
 #1092412  por DRA. MACA
 
estudio61 escribió:Buenas tardes foristas! los molesto por lo siguiente: represento a la actora y dictaron este preveido: "Sin perjuicio de lo obrado en autos a su respecto a partir de fs. .... Habiendo quedado sin resolver lo peticionado en acta de fs. ... corresponde subsanar dicha involuntaria omision y en consecuencia de conformidad con lo alli pedido, no habiendo el actor comparecido a la audiencia preliminar convocada en autos de la que se hallaba notificado ( ver fs. suscripcion de fs. ... art 133 CPCC). en virtud de lo prescripto por el art. 842 CPCC, ante la incomparencia del actor a la audiencia preliminar convocada , ni habiendo acreditado justa causa para dicha incomparencia corresponde tenerlo por desistido del presente proceso con costas a s uc argo ( art. 69 y conc CPC). Notifiquese."
La verdad es que cometi el grave error de notificar a la demandada y no concurrir a la audiencia por problemas personales.
Estoy verdaderamente preocupada, ademas de sentirme plenamente responsable por mi cliente porque en verdad esta a cargo de sus hijos y los mismos ante la asesora manifestaron no querer estar con su madre por varios motivos.
Necesitaria que me ayuden en este grave problema, ya que por lo que estuve leyendo, los recursos serian ante el mismo juez que dicto el proveido y luego solo la Corte.
Muchas Gracias!
Ocurre que si no podías asistir a la audiencia debías haberlo manifestado por escrito con anterioridad a la audiencia, salvo que te haya ocurrido algo realmente grave ESE MISMO DIA como un accidente que te haya impedido ir y lo puedas acreditar debidamente, vas a tener que explicarle a tu cliente la incomparecencia y que deberá cargar con las costas.
 #1092575  por Aprendizaje
 
Es situación delicada ser apoderado.

Ante la falta de comunicación es necesario renunciar a fin de evitar responsabilidad por la actitud del representado. Como respondieron anteriormente, habrá que pagar las costas y si no prescribió volver a intentar la acción.
 #1094129  por estudio61
 
Gracias a todos! les cuento: pude hablar con el secretario a fin de solucionar el grave inconveniente. Queda planteada una situacion compleja ya que la demandada contesto extemporaneamente, el actor no fue a la audiencia y el juzgado siguio el proceso sin advertir la incomparecencia.
Ahora me queda presentar el recurso exponiendo estas y otras situaciones mas. Veremos que pasa...
 #1096327  por estudio61
 
Buen dia!Retomo el tema. Tal como les comente al hablar con la secretaria del juzgado, la misma me sugirió que plantee todos los cuestionamientos a fin de poder darle una solución al conflicto. Presento el recurso de reposición tal cual habíamos acordado. Me lo rechazan pero me concede el de apelación en relación. Les consulto: Como debo plantearlo? Cuales son son pasos procesales a seguir? al presentar la apelación en subsidio no corresponde que funde nada mas y el proveido dice: "AGreguese y tengase presente. Atento los términos de la presentación que antecede, encontrándose la providencia de fs. ... ajustada a derecho no ha lugar a la revocatoria interpuesta ( art. 238 CPCC). Consecuentemente concede en relación el recurso de apelación traído con la misma ( art. 242/246 CPCC). Téngase presente la fundamentacion vertida para ser considerada una vez notificada la contraria de la resolución recurrida".- Como sigo????