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 #1092260  por DraSabri
 
Colegas voy por el actor en un expte laboral q se acordó ... 3guotas, tengo la certeza q la demandada depósito la primera cuota en la cuenta bancaria pero no presenta el escrito acreditándolo en el expte y dando en phi x ende no me libran el giro ... Tengo manera de suplir yo la actitud renuente de la demandada para agilizar el cobro ? Y pedir al tribunal q libre el giro igual ? Le acompaño un saldo de cuenta ? No se puede considerar incumplido el acuerdo por no presentar la dacion en pago?
 #1092345  por andresxeneizes
 
en capital se cambio todo tan rapido (gracias a que los juzgados y el banco nacion hacen lo que les parece sin comunicarse) que es confuso como proceder
hasta mediados del año pasado el banco nacion daba los saldos, por ende iba el actor o el demandado al banco pedia un saldo y listo
luego dejaron de dar a la gente saldos los del nacion, y se los dan al tribunal por comunicacion interna, por lo que lo que yo haria es pedir al tribunal que pida un saldo en el nacion y para el caso que haya fondos se libren los giros por las cuotas que correspondan
 #1092383  por andresxeneizes
 
mira vos, vengo creido que no, yo siempre en los laborales tambien pido que el juzgado me saque el saldo y nunca me dijeron "sr. vaya a pedir el saldo", es tal el quilombo que vivimos todos confundidos