Hola Colegas. En abril de 2014 mi cliente se considero despedido atento a que su empleador no regularizo su situación laboral, post intercambio telegrafico. A fin de no cumplir con su deber, el empleador afirmo que mi cliente robaba mercaderia y las vendia particulares. Intento intimarlo verbalmente diciendole que iba a denunciarlo y demas. Tal denuncia nunca existio. Ahora bien, suponiendo que se le iba a iniciar acciones legales, presento al denuncia en septiembre de 2014 por hurto. Al contestar demandanda, se aferra a esta denuncia y notifica el num de IPP.
Dos consultas:
1) Tiene razon de ser o logica, su denuncia en Septiembre, cuando el vinculo finalizo en abril y "supuestamente" el delito se habria cometido tiempo atras- ( mi duda esta en que radico una denuncia conociendo de la existencia de una demanda por despido incausado)
2) En la contestacion de demanda, cita 2 testigos que mi cliente conoce pero nunca tuvo relación presentodolos como testigos y cuya declaracion fue ante notariado. Esto tiene logica?
Desde ya muchas gracias!!
Dos consultas:
1) Tiene razon de ser o logica, su denuncia en Septiembre, cuando el vinculo finalizo en abril y "supuestamente" el delito se habria cometido tiempo atras- ( mi duda esta en que radico una denuncia conociendo de la existencia de una demanda por despido incausado)
2) En la contestacion de demanda, cita 2 testigos que mi cliente conoce pero nunca tuvo relación presentodolos como testigos y cuya declaracion fue ante notariado. Esto tiene logica?
Desde ya muchas gracias!!