Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • USURPACION: VOY POR INTERDICTO O DESALOJO?

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #1092838  por dracarrizo
 
EL CASO ES EL SIGUIENTE: tengo un cliente que adquirio el terreno el cual es un terreno municipal, el inicio los papales en la municipalidad y le otorgaron la tenencia precaria, posee un legajo en tierras.- la semana pasada se fue a trabajar al campo y cuando regreso se ecnontro que la vivienda (que el coonstruyo) sobre ese terreno estaba ususrpada, que le habian cambiado los candados de la puerta y cerraduras. que les parece a ustedes por cual de las dos acciones voy?
 #1092839  por dracarrizo
 
asimismo, me olvide de contarles que mi cliente antes de llegar ala estudio ya habia echo la denuncia penal por lo cual se identifico a los ususrpadores y los mismos manifestaron estar a titulo de locatarios..-
 #1092840  por abogado_1987
 
dracarrizo escribió:EL CASO ES EL SIGUIENTE: tengo un cliente que adquirio el terreno el cual es un terreno municipal, el inicio los papales en la municipalidad y le otorgaron la tenencia precaria, posee un legajo en tierras.- la semana pasada se fue a trabajar al campo y cuando regreso se ecnontro que la vivienda (que el coonstruyo) sobre ese terreno estaba ususrpada, que le habian cambiado los candados de la puerta y cerraduras. que les parece a ustedes por cual de las dos acciones voy?
tené presente >

“... Los inconvenientes que, en supuestos como el de autos, puede generar la determinación de la legitimación pasiva, logran superarse si el pretensor, antes de promover el proceso, acude a la diligencia preliminar del art. 323 inc. 6º del CPCC, exigiendo que el futuro demandado exprese a qué título detenta la cosa. Esto le permitirá acertar en la legitimación pasiva y delimitar adecuadamente la causa de la pretensión, empleando, según el caso, la reivindicación, el interdicto, la acción posesoria o el desalojo (Morrelo-Kaminker, Diligencias preliminares. Su nuevo horizonte; Der.; Julio/99; citado por Morello-Sosa-Berizonce, en “Códigos Procesales…”, T. VII-B; Ed. Librería editora platense, Bs. As., 1999, pág. 9)...”