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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1092724  por investigando25
 
EL TEMA ES EL SIGUIENTE. UN SEÑOR PADECE DE HIPOACUSIA QUE SALTO EN EL EXAMEN ANUAL, LA ART. LE DIO EL ALTA LABORAL CON SECUELAS CON FECHA 2014, DESPUES NO SE SUPO MAS NADA.
YO QUISERA SABER SI TENGO QUE INTIMAR A LA ART PARA "QUE NOTIFIQUE PORCENTAJE DE INCAPACIDAD O DIRECTAMENTE QUE PAGUE, EL HOMBRE NO SABE NI CUANTO LE DIERON.
Y SI ESE MONTO LE TENGO QUE APLICAR EL RIPTE. O SE JOROBA POR NO RECLAMARLO. SI POR FAVOR ME AYUDAN CON EL PROCEDIMIENTO.MIL GRACIAS.
 #1092726  por eltam88
 
Podías enviar un telegrama para que te aclaren el resultado del examen. Si surge que hay incapacidad, podés llevarlo a la justicia para que paguen, eso si, siempre que se vincule al trabajo.
 #1092732  por investigando25
 
si ya le dieron el papel como enfermedad profesional con secuelas o sea hay incapacidad , y puedo ir directamente al seclo sin hacer telegrams?
 #1092737  por santiheladero
 
Entiendo que si era una hipoacusia , y le dieron el alta era una incapacidad transitoria No le van a fijar porcentaj de incapacidad. Se cubre pagandole el empleador el art 208 por el tiempo de incapacidad.
 #1092738  por Arbeiter
 
Hola como estas!
No es muy claro el tema de la reglamentación cuando la propia ART detecta una patología y la califica como enfermedad profesional.
Si es claro que podés (y tenés que) denunciar la patología. En tu caso yo lo mandaría a mi legista, le hago hacer un certificado y formulo la denuncia comunmente. Si te rechazan la denuncia demandas por rechazo, si en 10 días no aceptan o rechazan demandás por silencio y si te suspenden los plazos en vez de 10 días esperás 30 días para demandar por silencio. Y en el marco de ese juicio, ofrecés como prueba que la ART demandada acompañe los estudios médicos anuales que practicó al trabajador, que obviamente no va a acompañar.
Pero yo no me ampararía en un eventual resultado de un estudio practicado por la propia ART, porque quedás a merced de ellos.
 #1093162  por investigando25
 
el certificado que extendio la art es muy claro dice hipoacusia con incapacidad auditiva cuando dice el formulario tipo de siniestro dice "enfermedad profesional" gravedad "leve" alta medica fecha .../2014 "con secuelas" o sea para mi la art ya determino que "hay" incapacidad auditiva , lo que no se porque nunca le mando el telegrama donde te dicen que hay un cheque de $$$$$ y todos los derechos que podes acudir a la comision medica si no estas de acuerdo.
La ley dice que determinado el porcentaje te tienen que pagar en 15 días, pero no dice que tiempo tienen para determinar el porcentaje......

por eso mi duda , si intimo directamente al pago y despues acudo a la comision medica
o si voy directamente al seclo y pido la indemnizacion por incapacidad ella escucho algo de 21% , pero por escrito no dice en el papel que le dieron y tambien pasado tanto tiempo entra el ripte??? más el 20%.
 #1093294  por danu79
 
investigando25 escribió:EL TEMA ES EL SIGUIENTE. UN SEÑOR PADECE DE HIPOACUSIA QUE SALTO EN EL EXAMEN ANUAL, LA ART. LE DIO EL ALTA LABORAL CON SECUELAS CON FECHA 2014, DESPUES NO SE SUPO MAS NADA.
YO QUISERA SABER SI TENGO QUE INTIMAR A LA ART PARA "QUE NOTIFIQUE PORCENTAJE DE INCAPACIDAD O DIRECTAMENTE QUE PAGUE, EL HOMBRE NO SABE NI CUANTO LE DIERON.
Y SI ESE MONTO LE TENGO QUE APLICAR EL RIPTE. O SE JOROBA POR NO RECLAMARLO. SI POR FAVOR ME AYUDAN CON EL PROCEDIMIENTO.MIL GRACIAS.
No intimes nada. Meté Seclo si es Capital. Si el siniestro fue aceptado no necesitas testigos. Si no, que busque a dos testigos que den cuenta que el ambiente es ruidoso. Si la primera manifestación fue posterior a la sanción de la ley 26.773 el piso se actualiza con RIPTE y se agrega el 20%. Salu2
 #1093318  por investigando25
 
gracias Danu, necesito saber donde encuentro la publicacion de los indices de ripte , seria lo que resulte del indice de enro/2010 y marzo/2014 , tomo conocimiento mayo/2014
y otra pregunta la ART que determino la incapacidad es xxx pero ahora tienen otra ART el seclo lo tengo que abrir contra la XX o con la actual, o solo la actual . o solo la XX
 #1093322  por investigando25
 
esta pregunta se acumula a la anterior (quiero saber a que art demando a la que detecto la enfermedad o a la actual)
quería saber por la experiencia de uds. (mi experiencia dos enfermedades ninguna arregle en seclo y estoy en juicio)
si uds. tuvieron algún arreglo en seclo por enfermedad profesional cuando ya la tienen por reconocida, o si es por el tiempo y decide ir por via administrativa te pagan la indemnización sin ajuste del ripte y el 20%?
que me pueden decir ?
 #1093344  por danu79
 
investigando25 escribió:gracias Danu, necesito saber donde encuentro la publicacion de los indices de ripte , seria lo que resulte del indice de enro/2010 y marzo/2014 , tomo conocimiento mayo/2014
y otra pregunta la ART que determino la incapacidad es xxx pero ahora tienen otra ART el seclo lo tengo que abrir contra la XX o con la actual, o solo la actual . o solo la XX
Hola, te contesto rápido y sin mucho tecnicismo...para determinar el Ripte lo encontras en la pág. UART o ministerio, googlea y listo. Tenes que tomar el ultimo índice publicado y dividirlo por el de enero de 2010 que es lo que dice la ley. Los 180.000 del piso, los multiplicas por el la ecuación anterior. El RIPTE no se aplica al todo, se aplica para subir el piso!. A la formula de ley le agregas el 20%. Si tiene incapacidad determinada por una ART abrí seclo contra esa, a menos que y ya hayan pasado dos años de la determinación, porque te pueden meter la prescripción. Si queres abrir contra las dos, no hay problema, que se maten entre ellas, alguna a va a pagar. Por otro lado, si hay un dictamen de la ART que fija incapacidad puede ser que te ofrezcan en SECLO pero va a ser lo mismo que por Comisión Médica. Además en la hipoacusias, ahora que pienso las ART no ofrecen revisación ya que les sale caro hacer las 3 audiometrias tonales que se requieren para verificar si es inducida por ruido. Vas a tener que esperar pericia médica. Salu2
 #1093450  por investigando25
 
gracias, entendido, el ripte en juicio se que algunos le ajustan la indemnizacion base, voy a abrir seclo contra lo que la determino, seguramente ella me va a traer a la otra. despues te cuento