Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • CONVENIO INTERNACIONAL

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1092969  por MARIO1943
 
NO SE PUEDE HACER MORATORIA POR CONVENIO POR LA LEY 26970, LA UNICA FORMA ES POR LA 24476(QUE YA ES SABIDO), HOY ME DESAYUNE EN ANSES, ALGUNA OPINION AL RESPECTO
 #1093214  por MARIO1943
 
NADIE OPINA AL RESPECTO, ESTA BIEN ESTA EXCEPCION? PORQUE SI CON LA 24476 Y NO CON LA 26970
 #1093224  por lucky
 
Mario, a propósito de tu planteo estuve releyendo las normas, circulares y previsiones que implementaron esta moratoria y no surge de ninguna de ellas alguna prohibición o excepción en ese sentido.
Por ahí se me escapa alguna norma, pero creo tenerlas todas.
No sé en qué se fundamentaron para decirte eso. ¿Te invocaron algo al respecto para justificar su negativa?.
Quizá (podría pensarse) en que si es una persona residente en el exterior habría una imposibilidad de realizar la evaluación patrimonial y por eso no puede utilizar esta moratoria.
Pero en principio si no está contemplada esta situación ni siquiera como excepción, no tendría que haber dificultades para utilizarla.
Quizás algún forista tenga alguna opinión mejor que esta.
 #1093227  por MARIO1943
 
lucky escribió:Mario, a propósito de tu planteo estuve releyendo las normas, circulares y previsiones que implementaron esta moratoria y no surge de ninguna de ellas alguna prohibición o excepción en ese sentido.
Por ahí se me escapa alguna norma, pero creo tenerlas todas.
No sé en qué se fundamentaron para decirte eso. ¿Te invocaron algo al respecto para justificar su negativa?.
Quizá (podría pensarse) en que si es una persona residente en el exterior habría una imposibilidad de realizar la evaluación patrimonial y por eso no puede utilizar esta moratoria.
Pero en principio si no está contemplada esta situación ni siquiera como excepción, no tendría que haber dificultades para utilizarla.
Quizás algún forista tenga alguna opinión mejor que esta.
GRACIAS POR TU OPINION, ES ASI COMO DECIS, PERO CUANDO VOS PEDIS TURNO , NO TE DA LA OPCION DE CONVENIOS POR LA 26970, COSA QUE CON LA 24476 , SI TE LA DA, NO HAY OTRO FUNDAMENTO
 #1093250  por lucky
 
Se me ocurre que primero habría que preguntar en Convenios Internacionales en Perón 332 a ver si ellos tienen alguna respuesta al respecto.
De última, si persiste la negativa en cuanto a que no es aplicable la moratoria a los casos de Convenios Internacionales, y no te dan alguna norma de la que surja eso y obedece a la simple arbitrariedad de Anses, quedaría la posibilidad de ir a la justicia para obtener alguna resolución que permita iniciar el trámite.
No sé si a alguien se le ocurre otra vía.
 #1093299  por AUKA
 
Hola, tuve un caso en convenios iniciada en Brasil que con la nueva moratoria podía llegar a completar 30 años en Argentina y no me lo permitieron. Hicieron la consulta y la respuesta negativa se funda en que es imposible hacer el socioeconomico si reside en el exterior.
PERO si la persona reside en Argentina, tiene que iniciarlo en una UDAI común y despues se remite a convenios. Los iniciados, los cierran y los inicias en una común, así me informaron. No se más porque mi caso era diferente. Pero si reside en Argentina se puede
 #1093381  por Romitesta
 
Tengo un caso que fui en noviembre y en febrero en la delegación de Turdera y me dijeron que no les permite el sistema la carga de los periodos reconocidos en el extranjero.
Ahora volvi a preguntar y me dijero que ya se puede ingresar. Tengo el turno para Junio recien.
Cualquier otra cosa que sepa la publico.
 #1093387  por MARIO1943
 
AUKA escribió:Hola, tuve un caso en convenios iniciada en Brasil que con la nueva moratoria podía llegar a completar 30 años en Argentina y no me lo permitieron. Hicieron la consulta y la respuesta negativa se funda en que es imposible hacer el socioeconomico si reside en el exterior.
PERO si la persona reside en Argentina, tiene que iniciarlo en una UDAI común y despues se remite a convenios. Los iniciados, los cierran y los inicias en una común, así me informaron. No se más porque mi caso era diferente. Pero si reside en Argentina se puede
MUCHAS GRACIAS AUKA
 #1093388  por MARIO1943
 
Romitesta escribió:Tengo un caso que fui en noviembre y en febrero en la delegación de Turdera y me dijeron que no les permite el sistema la carga de los periodos reconocidos en el extranjero.
Ahora volvi a preguntar y me dijero que ya se puede ingresar. Tengo el turno para Junio recien.
Cualquier otra cosa que sepa la publico.
MUCHAS GRACIAS ROMITESTA
 #1277445  por LauraFC
 
Buenas foristas! Estaba leyende este post un poco viejo... resulta que tengo que comprar moratoria para un Argentino residente en el extranjero por 24476. Compraría por los períodos que residió en la Argentina.
Tengo dudas si Anses me permitirá comprarle....ya que debe pasar el socioeconómico y viviendo en el extranjero se complica, sobretodo teniendo en consideración que el Sr. ya cobra una pensión en Chile.