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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1093354  por marinaloza
 
Buen Dia ! Si alguien sabe y puede me contesta sino gracias a todos por leerme. mi consulta es: quiero presentar una moratoria 24476 con aportes monotributo promovido de 10/2013 a 03/2015 pago los $157 c/mes y me figuran en situación de revista los periodos y cuando liquido me arroja $0- osea esta al dia no se debe nada. Mi pregunta es cuando se inicia en Anses con monotributo promovido hay que presentar algo como algún formulario de afip o integrar algún otro pago o con los $157- que aparezcan en la liquidación del SICAM es suficiente?? Lei la ley que dice para que se lo tenga como aportante regular hay que pagar a fin de cada año la diferencia, pero aqui solo se pago este componente a los efectos de poder jubilarse, es obligatorio esa diferencia? y de donde saco el monto a pagar de esa diferencia si es que fuese necesario. Ya que lei otro lado donde decia que no hacia falta, quiero otra opinión. Desde ya Gracias
 #1093410  por MARIO1943
 
marinaloza escribió:Buen Dia ! Si alguien sabe y puede me contesta sino gracias a todos por leerme. mi consulta es: quiero presentar una moratoria 24476 con aportes monotributo promovido de 10/2013 a 03/2015 pago los $157 c/mes y me figuran en situación de revista los periodos y cuando liquido me arroja $0- osea esta al dia no se debe nada. Mi pregunta es cuando se inicia en Anses con monotributo promovido hay que presentar algo como algún formulario de afip o integrar algún otro pago o con los $157- que aparezcan en la liquidación del SICAM es suficiente?? Lei la ley que dice para que se lo tenga como aportante regular hay que pagar a fin de cada año la diferencia, pero aqui solo se pago este componente a los efectos de poder jubilarse, es obligatorio esa diferencia? y de donde saco el monto a pagar de esa diferencia si es que fuese necesario. Ya que lei otro lado donde decia que no hacia falta, quiero otra opinión. Desde ya Gracias
EL TEMA ES EL SIGUIENTE
ESTOS SON PARTE D E LOS REQUISTOS DEL MTP

IB < = $ 24.000 durante los 12 meses anteriores al momento de la adhesión o de
la obtención de c/nuevo ingreso.
Se admitirá, como excepción y por única vez, que los IB a computar superen el tope
previsto en no más de $ 5.000, cuando deban sumarse los ingresos percibidos de períodos
anteriores al considerado
El Decreto Reglamentario ha determinado en el 5% de los
ingresos brutos mensuales que perciba por su actividad el
trabajador independiente promovido, el importe de la cuota de
Inclusión Social, la que se abonará hasta el día 20 de cada mes y
se imputará a la cancelación de los aportes sustitutivos
correspondientes a los meses del año calendario en curso,
comenzando por el más antiguo. El 5 % se calcula sobre el
monto total de las operaciones facturadas durante el mes anterior
al pago.
El citado pago a cuenta podrá ser sustituido por el ingreso de un monto
equivalente, que deberá efectuar el adquirente, locatario u otro
sujetos que determine la AFIP para ciertas actividades.
 Una vez por año el sujeto adherido deberá calcular la cantidad de
meses cancelados en función a las cuotas abonadas.
 Cuando la cantidad de meses cancelados sea inferior a aquellos a los
que el trabajador independiente permaneció en el régimen, podrá
ingresar las cotizaciones correspondientes a los meses faltantes (plazo
hasta el 20 de enero inclusive, inmediato siguiente a la finalización de cada año
calendario).
ESTO QUE QUIERE DECIR
LA FACTURACION MAXIMA PARA EL MONOT PROMOVIDO ES DE $ 24000 ANUAL, LO QUE ARROJA UN PROMEDIO D E FACTURACION DE $ 2000 CUYO 5% ES IGUAL A $ 200, QUE EQUIVALE A UN APORTE MENSUAL DE $ 100( ESA ES LA DIFERENCIA DE $ 57 APROXIMADO POR MES QUE HAY QUE AJUSTAR A FIN D E ANO)

PERO COMO EL TITULAR PAGO $ 157 TODOS LOS MESES QUE SERIA EL EQUIVALENTE A UNA FACTURACION PROMEDIO POR MES DE $ 3140 Y ANUAL $ 37.680, CON ESTE PARAMETRO ESTA PASANDO EL LIMITE DE LOS $ 24.000, POR LO TANTO DEBE SER EXCLUIDO DEL REGIMEN DE MONOTRIBUTO PROMOVIDO

ESTO COMO SE ARREGLA
SI LA PERSONA NO FACTURO, ARREGLA LA FACTURACION QUE NO PASE LOS $ 24000 ANUAL , ALEGANDO QUE POR ERROR SE PAGO TODOS LOS MESES $ 157
 #1093556  por marinaloza
 
Gracias Mario por responder, pero esto que me comentas de "arreglar" seria en Afip, para el caso de la jubilación Anses no me objetaria nada con respecto al aporte previsional ya que aparecen todos los pagos mensuales de $157-. Dado que a Anses no le importa si pago de mas, o que no haya presentado las ddjj.
Presenté las ddjj vía internet ayer, las ddjj de 3 meses de 2013 todo el 2014 y 3 meses 2015 con facturacion mensual de $1- En caso de ser necesario una explicación a la Afip este señor no facturo dado que una enfermedad le impedia vender maiz (actividad registrada cultivo de maiz) osea que cultivaba verduras en el fondo de su casa y vendia a vecinos. Y el pago lo efectuo su esposa a los efecto de no perder los aportes jubilatorios, espero me sirva esta estrategia.
muchas gracias.
 #1093572  por MARIO1943
 
marinaloza escribió:Gracias Mario por responder, pero esto que me comentas de "arreglar" seria en Afip, para el caso de la jubilación Anses no me objetaria nada con respecto al aporte previsional ya que aparecen todos los pagos mensuales de $157-. Dado que a Anses no le importa si pago de mas, o que no haya presentado las ddjj.
Presenté las ddjj vía internet ayer, las ddjj de 3 meses de 2013 todo el 2014 y 3 meses 2015 con facturacion mensual de $1- En caso de ser necesario una explicación a la Afip este señor no facturo dado que una enfermedad le impedia vender maiz (actividad registrada cultivo de maiz) osea que cultivaba verduras en el fondo de su casa y vendia a vecinos. Y el pago lo efectuo su esposa a los efecto de no perder los aportes jubilatorios, espero me sirva esta estrategia.
muchas gracias.
ES ASI, EL PROBLEMA ES CON AFIP, ANSES NO PODRIA OBJETAR PORQUE EL APORTE LO TIENE DE UNA U OTRA FORMA, LO RARO ES QUE AFIP DESPUES DEL ANO NO OBSERVO Y LE DIO AL BAJA D E OFICIO, PERO SI HAY RECLAMO ESTA BIEN LA EXPLICACION EL FACTURO SOLO $1, AL SOLO EFECTO D E PONER UN IMPORTE, O SEA APORTO DE MAS EL ANTICIPO, PERO CUBRIO LA TOTALIDAD DEL APORTE PREVISIONAL