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 #1093560  por doctorasol
 
Hola, colegas!! Recurro a su ayuda por lo siguiente: Hasta ahora siempre he iniciado divorcios por presentación conjunta en donde las partes ya estaban de acuerdo en relación a todo lo vinculado con sus hijos menores. Sin embargo, ahora tengo como clienta a una mujer que quiere divorciarse (está separada hace 5 años), pero el cónyuge no quiere saber nada con pasar alimentos a favor de su hijo menor. Aparte, él vive en Paraguay. ¿Me podrían decir cómo procedo en cuanto a la demanda en relación a los alimentos del hijo? ¿Se reclaman como en un alimentos, acreditando los gastos del menor, oficiando para corroborar el trabajo del padre, etc? ¿Es necesaria una mediación previa en relación a dicho tema?
Por otra parte, ¿cómo notifico al demandado que vive en Paraguay? ¿Qué me conviene?
Muchas gracias!!!!
 #1093582  por andresxeneizes
 
para alimentos necesitas mediacion previa, ahi obviamente no hace falta la conformidad de ambos conyuges
para el divorcio entiendo que hay que esperar al 1 de agosto, que riga el nuevo cod civ para que lo inicie tu cliente sola.
el quilombo es la notificacion, habria que hacerla por exhorto diplomatico y anda a saber cuanto cuesta y cuanto tarda y si el tipo no vive en un lugar que sea imposible notificar