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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1093361  por nuevisima
 
Hola, hice una protección de persona y no se como completar el formulario.
Es por una anciana de 84 años, con muy poca visión, que cuando murió su hijo fue llevada a una casa que no es geriátrica. La sucesión de ese hijo, el cual no tenía herederos descendientes, está en la etapa de inscripción en menos de 4 meses! y ahora la única hija viviente no puede tener contacto con su madre ni saber en q condiciones está.

actor seria la anciana..
y solicitante la hija. y adjunto ahi copia del dni?

Gracias!
 #1094189  por buenosairesfamilia
 
No entendí bien a que formulario te referis. El de la receptoría? Y eso sería en un proceso de violencia familiar en donde tu cliente no es la victima?

De ser así, en actor va la victima, en solicitante va tu cliente, en demandado va contra quien se presenta la medida. No te olvides de acreditar en vinculo para ser tenido como parte.
 #1094193  por nuevisima
 
Gracias buenosairesfamilia, siempre ayudando los demas!! Impagable!
Si es la planilla de Inicio.

No lo encabecé como una violencia familiar sino como guarda y protección de personas.

ACTOR, seria por quien solicito la protección
SOLICITANTE mi clienta
DEMANDADO no se jaja, es que no sabemos en realidad, supuestamente está en una casa, pero no nos dejan verla, es casi ciega y única heredera en una sucesión, es bastante raro. La realidad es que la hija quiere saber si está bien atendida y por propia voluntad.
 #1094205  por buenosairesfamilia
 
Ahora entendí. Tenes que pedir la medida cautelar de protección de personas del 234. Fíjate que el juez competente es el del domicilio del geriátrico. En el lugar del demandado tenes que poner al hijo que la instalo en el pseudo-geriátrico y al pseudo-geriátrico. Tenes que decir que está senil la abuela, no le dan acceso a tu cliente para que la vea y que presupone que no la están cuidando debidamente y que la retienen contra su voluntad, pidiéndole al juez que fije una entrevista entre la abuela y el equipo técnico del juzgado para evaluar su estado físico y psíquico. Van a fijar audiencia y notificar al hijo y pseudo-geriátrico que la tienen que hacer comparecer a la abuela a la audiencia. En base al resultado de la audiencia podes pedir una variedad de medidas -entre otras- que le den la guarda a tu cliente.