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 #1094145  por walter_cba
 
Tengo el siguiente caso:
En una demanda por cuota de alimentos, se llega a un acuerdo en el juzgado, la actora le abona sus honorarios a la dra. Que la representaba, pero esta luego no manifesto eso en el juzgado, sino que solicito regulacion de los mimos, el juez entendio que ya que el demandado no quiso acordar en la etapa previa, debia cargar con los honorarios de la contraria y fijo el monto de los mismos. Ahora bien, la dra. Inicia ejecucion de sus honorarios.
Mi duda es la siguiente la sra. Que ya abono los honorarios puede paralizar el pedido de ejecucion de los honorarios de la dra. Y realizar un juicio por repeticion en contra de su ex marido, ya que la sentencia dispone que los mismos debe abonarlos el y no ella.
Depende del momento en que alla hecho el pago? (Antes o despues de la setencia). Aclaro que el auto de resolucion salio mucho despues del acuerdo, por que la dra. Pidio su regulacion despues de un tiempo del acuerdo que se celebro en el tribunal.
 #1094214  por NORMA
 
walter_cba escribió:Tengo el siguiente caso:
En una demanda por cuota de alimentos, se llega a un acuerdo en el juzgado, la actora le abona sus honorarios a la dra. Que la representaba, pero esta luego no manifesto eso en el juzgado, sino que solicito regulacion de los mimos, el juez entendio que ya que el demandado no quiso acordar en la etapa previa, debia cargar con los honorarios de la contraria y fijo el monto de los mismos. Ahora bien, la dra. Inicia ejecucion de sus honorarios.
Mi duda es la siguiente la sra. Que ya abono los honorarios puede paralizar el pedido de ejecucion de los honorarios de la dra. Y realizar un juicio por repeticion en contra de su ex marido, ya que la sentencia dispone que los mismos debe abonarlos el y no ella.
Depende del momento en que alla hecho el pago? (Antes o despues de la setencia). Aclaro que el auto de resolucion salio mucho despues del acuerdo, por que la dra. Pidio su regulacion despues de un tiempo del acuerdo que se celebro en el tribunal.
En alimentos vos podés pactar con tu clienta(ej: la actora) que te abonará una determinada cantidad de $$$ por el trabajo realizado;que no tenés necesidad de manifestarlo al juez;pero además cuando se dicte sentencia;ya sea que acordaron los alimentos en etapa previa o de conocimiento;las costas estarán a cargo del alimentante (demandado).Asi que no estaría errado en lo que hizo la Dra.
 #1094241  por walter_cba
 
gracias por su respuesta, de todos modos aclaro algo, la doctora lo que quiere es cobrar dos veces por el trabajo, a ese me refiero, si el cliente ya abono los honorarios, puede paralizar el reclamo de ejecución de honorarios atento que ya los abono y ejecutar la actora el pago de los honorarios por repetición a el demandado?