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  • ACCIDENTE DE TRANSITO. RECLAMO VIABLE??

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 #1093701  por Iusgus2013
 
Buenas Colegas! Mi cliente transitaba por la calle Jorge Chavez (doble mano) (a una cuadra de la Av. Gral Paz, Capital Federal), llegando a la intersección con la calle Jose Leon Suarez, en la mano contraria circulaba un Twingo con total normalidad, cuando al llegar a dicha intersección, por la calle lateral (J.L. Suarez) aparece velozmente un Corsa, mi cliente intenta frenar (venia a menos de 40 kms) pero en Corsa en vez de frenar acelara intentando esquivarlo a mi cliente con el fin de cruzar, lo choca en el frente izquierdo de su vehiculo, el Twingo logra frenar y esquivarlos a ambos sin recibir impacto alguno (quien posterior al hecho habla con mi cliente y le pasa sus datos en caso de que necesite atestiguar con la imprudencia que actuo el conductor del Corsa). Al frenar los 3 vehiculos: el conductor del Corsa aduce que el Twingo le habia cedido el paso y mi cliente tampoco lo vio, a lo que la conductora del Twingo le responde "como te voy a ceder el paso si estoy a mitad de la bocacalle".
Mi consulta es si existen alguna excepción respecto el art 57 inc 2 de la ley 11430? Si bien, procederia si es una via de mayor caudal o circulación, en este caso ambas son calles pero tanto mi cliente como el Twingo venian ya cruzando por la intersección y aparece el corsa intempestivamente y acelera.
Que opinion les merece? Procederia el reclamo ante la aseguradora??
Agradeceria sus opiniones.Desde ya muchas gracias. Saludos!
 #1094453  por gero
 
Buenas tardes, por lo que relatas la prioridad de paso lo tiene el q viene de la derecha- y respecto de la calle doble mano, de no ser reconocida en los planos como Av., que es el único caso en que se deja sin efecto la prioridad de paso, seria una calle común.-
De ser así no creo que prospere el reclamo ante la aseguradora.-
 #1094476  por Iusgus2013
 
gero escribió:Buenas tardes, por lo que relatas la prioridad de paso lo tiene el q viene de la derecha- y respecto de la calle doble mano, de no ser reconocida en los planos como Av., que es el único caso en que se deja sin efecto la prioridad de paso, seria una calle común.-
De ser así no creo que prospere el reclamo ante la aseguradora.-
Muchas gracias Gero por tu respuesta. Si, deberia analizar esa circunstancia respecto si figura como Avenida o no. Saludos